Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de México/Oportunidades De Negocio

SERVICIO INTEGRAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE PEAJE PARA LA LÍNEA DEL TREN LIGERO
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Panel de discusión

Proyecto de contratación

El proyecto de contratación aquí presentado es preliminar. Su contenido no es definitivo ni vinculatorio.

Este proyecto se hace de conocimiento público con el fin de ser discutido de forma abierta y transparente.

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6. ALCANCE DEL SERVICIO INTEGRAL

El servicio contempla el suministro de equipos de peaje, diseño de la distribución en sitio de dichos dispositivos, instalación, implementación, configuración, pruebas, puesta en marcha, operación, mantenimiento preventivo y correctivo, así como soporte de la infraestructura del Sistema de Peaje del Tren Ligero del Servicio de Transportes Eléctricos durante las 24 horas, los 365 días del año. Este sistema, debe incluir equipos Validadores, TVM, Garitas, Torniquetes de entrada y salida, CAU, Infraestructura de Red, Plantas de Emergencia, Sistemas de Monitoreo de acceso a terminales y estaciones; así como de abastecer e instalar el Sistema Central de Datos (software) incluyendo equipos de cómputo concentradores en cada estación, un servidor principal, un servidor secundario el cual será colocado en la ubicación que el STECDMX designe. Para lo anterior, el Prestador del Servicio deberá considerar, los materiales, herramientas, cableado y lo necesario para su puesta en funcionamiento y operación en cada una de las estaciones y terminales de la Línea del Tren Ligero de cada uno de los elementos mencionados, antes y durante la vigencia del contrato. 

Por otro lado, el Prestador del Servicio deberá presentar un plan detallado para realizar la transición del Sistema de Peaje anterior hacia este nuevo sistema. Para ello deberá considerar la implementación de equipos y servicios en forma paralela, sin afectar la operación actual, llevando a cabo las siguientes acciones de suministro, instalación, implementación, configuración, pruebas y puesta en marcha del Sistema de Peaje de Tren Ligero, conforme a los términos siguientes:

6.1 Suministro

El prestador de servicio debe suministrar equipos nuevos y de tecnología reciente, (Validadores, TVM, Garitas, Torniquetes de Entrada y Salida, POS, Concentradores y Servidores). De igual forma, deberán considerar las comunicaciones e Infraestructura de Red, Plantas generadoras de energía, Sistemas de energía Ininterrumpida (UPS), Sistemas de Video Vigilancia para Acceso y Monitoreo a los dispositivos de peaje para asegurar la visibilidad dentro de las Terminales y estaciones intermedias. A su vez, cada uno de los dispositivos y sistemas deberán sujetarse a las especificaciones técnicas mínimas y funcionales señaladas en el presente documento, con la finalidad de asegurar la funcionalidad e interacción de los dispositivos entre los Organismos que conforman la Red de Movilidad Integrada de la Ciudad de México. De igual forma, se deberá considerar el suministro de todos los componentes de consumo y refacciones en materia de peaje, así como de los elementos que resulten esenciales para la adecuada funcionalidad de los equipos.

Por otra parte, es importante indicar que el suministro de Tarjetas será provisto por el STECDMX, siendo responsabilidad del Proveedor, resguardar las Tarjetas para abastecer las máquinas de venta y recarga.              

6.2 Propuesta de distribución de dispositivos de peaje

 Se deberá realizar el análisis de cada una de las estaciones que conforman la Línea del Tren Ligero para presentar propuestas de diseño para cada una de ellas, considerando la distribución de los dispositivos de peaje, instalación de red y de energía, etc. La propuesta deberá contar con visto bueno del STECDMX, mismo que podrá realizar modificaciones en las proyecciones. Dichas propuestas deberán ser orientadas al aprovechamiento del espacio y recursos existentes, que faciliten el flujo de usuarios en la línea. Será responsabilidad del Prestador del Servicio, realizar un recorrido de exploración para la determinación del nuevo diseño en cada una de las estaciones del Tren Ligero.

6.3 Instalación, configuración y pruebas.

Será responsabilidad del Prestador del servicio, realizar la instalación de los equipos mencionados en el presente documento, considerando todo el material, equipo y herramientas necesarias para la instalación e implementación de los equipos al sistema eléctrico y de redes; las pruebas a los equipos se realizarán cuando cada uno de ellos cumpla con la configuración completa además de ser requerido el visto bueno de la actividad por el STECDMX.

Se deber las actividades de implementación, indicando en su propuesta técnica el calendario a seguir con plazo no mayor a tres meses, después de la asignación del contrato:

Actividades

Acción

1

Suministro de equipos

Suministro de equipos de validación Torniquetes, Garitas, TVM, CAU, POS,  concentradores, Servidores, UPS, Plantas de emergencia, Sistemas de energía Ininterrumpida (UPS), infraestructura eléctrica y de redes.

2

Instalación eléctrica

Instalación de estructura eléctrica con las adecuaciones necesarias respecto a cableado, conductos, protecciones, contactos, etc., debiendo cumplir con la norma oficial mexicana NOM-001-SEDE-2012, así como con las normas NEMA y ANCE.

3

Instalación de comunicaciones e infraestructura de red

Se deberá birndar el servicio de enlace de comunicaciones (Internet) y estructura asociada así como cableado y componentes relacionados tales como racks, placas, registros, charolas, módems, Switches, Routers, Firewalls, Patch panel, etc., la configuración y dispositivos deberán estar acorde a las Normas ANSI/TIA-568, NMX-I-60793-2-50-NYCE-2021, UNE-EN IEC 60793-2-50:2019.

4

Instalación e implementación del Servidor principal, Sistema Central y Servidor Secundario

El Servidor Principal podrá ser implementado en la nube o en la ubicación que decida el Proveedor, mientras que el Servidor Secundario deberá ser instalado en las oficinas de STECDMX, para lo cual el Proveedor deberá llevar a cabo las adecuaciones necesarias en cuanto a suministro eléctrico, comunicaciones y red de datos. Para ambos servidores se deberán incluir el Sistema Operativo y software necesario para su correcto funcionamiento y operación. En cuanto al Sistema Central, deberá implementarse en ambos servidores, incluyendo el software de Peaje y su base de datos.

5

Instalación de equipos de control de acceso

Se deberán colocar los Torniquetes de Entrada, Torniquetes de Salida y Garitas en los espacios determinados por el STE. Lo anterior, con sus respectivos delimitadores, adecuaciones, anclajes, herramientas de instalación, nivelación y conexión al sistema eléctrico y de comunicaciones.

6

Instalación de validadores

Será responsabilidad del Prestador del Servicio el suministro del equipo, material, herrajes, adecuaciones y herramientas de instalación. De igual forma, deberá realizar las instalaciones necesarias para dotar de energía a los equipos, así como de la instalación de accesorios o componentes, por ejemplo: relevadores, reguladores de voltaje, etc., para garantizar el correcto suministro eléctrico hacia el equipo. 

7

Instalación de TVM

Suministro de los materiales y herramientas necesarios para solventar cualquier tipo de adecuación que se requiera. La instalación de las TVM deberá realizarla con su personal.

8

Instalación de POS

Se deberá realizar la Instalación de equipo POS en los Centros de Atención a Usuarios debiendo incluir conexión al Sistema Central, PC, Impresora, antena lectora de TISC e insumos relacionados.

9

Instalación de Sistemas de video vigilancia (CCTV)

STECDMX indicará al Prestador del Servicio los espacios establecidos para llevar a cabo la instalación de los equipos de Video vigilancia, el mismo deberá proporcionar los aditamentos necesarios tales como carcasas, cableado eléctrico y de datos.

10

Implementación del Sistema de Peaje

El proceso de implementación consiste en la configuración de todos los elementos del Sistema de Peaje. Siendo el Prestador del Servicio el responsable de que todos los componentes interactúen de la forma solicitada por STECDMX, por lo que, en su caso, deberá realizar los ajustes necesarios, incluyendo el material y mano de obra requeridos.

Dentro del periodo de implementación, se deberá considerar un proceso de transición tecnológica y operativa con el equipo actualmente instalado, de tal forma que el sistema a implementar deberá considerar su activación por sitio instalado al tiempo de desactivar por cada sitio la operación del sistema actual. 

La etapa de Implementación del Sistema de Peaje requerido se considerará concluida al momento en que se realice su puesta en operación, dando inicio a la vigencia del contrato correspondiente. 

11

Pruebas del Sistema de Peaje

Las pruebas de funcionalidad de cada uno de los componentes del Sistema de Peaje deberán realizarse en conjunto con el STECDMX, el Participante deberá presentar un plan de pruebas para tal efecto, además de llevar a cabo las pruebas que STECDMX considere necesarias. La aceptación de la implementación deberá ser a total consideración de STECDMX, debiendo realizar los ajustes necesarios el Prestador del Servicio.

Tabla 1. Actividades de instalación, configuración y pruebas.

6.4 Requerimientos del proyecto

A fin de establecer la propuesta técnica correspondiente, se deberá considerar lo siguiente:

  1. Previamente a la gestión del proyecto deberá presentar un documento con la estructura de trabajo y matriz de escalamiento, con este equipo deberá realizar la instalación y puesta en marcha de los equipos y servicios del Sistema de Peaje, los cuales serán aprobados por el STECDMX. La documentación deberá incluir la siguiente información: 
    1. Responsable del proyecto.
    2. Responsable de los trabajos de instalación y supervisión.
    3. Personal de enlace y administrativo.
    4. Personal técnico para implementación de los equipos de Peaje.
    5. Personal Técnico para el Sistema Central, redes y Telecomunicaciones.
    6. Plan de pruebas.

Cabe mencionar que los puestos son referenciales por lo que se podrá proponer una estructura equivalente que represente las mismas responsabilidades.

  1. Se deberá presentar un programa de ejecución del proyecto, que incluya desde la instalación hasta la operación normalizada del sistema, incluyendo la implementación y puesta en marcha de cada uno de los componentes referidos en la descripción general. El programa de ejecución debe incluir el proceso de reemplazo del anterior servicio de Peaje sin que este sea afectado durante los trabajos descritos en las etapas. 

  2. Se deberán entregar reportes de avance para cada uno de los componentes de acuerdo al programa de ejecución. STECDMX podrá realizar inspecciones cuando lo considere necesario, así como hacer observaciones a los trabajos con la finalidad de que se realicen las adecuaciones necesarias sin costo para el Organismo.

  3. Para las tareas de instalación de equipo e infraestructura se deberá considerar los términos de alimentación de energía aplicables, es decir en cuanto a la norma oficial mexicana NOM-001-SEDE-2012 y las normas NEMA y ANCE. Los equipos que utilicen energía eléctrica deben estar conectados a una o más fases protegidas con interruptores termo magnéticos, independientes a cualquier iluminación, motor eléctrico, accesorio o artefacto que produzca algún tipo de inducción o ruido eléctrico.

  4. Bajo ningún motivo se podrá borrar u ocultar el indicativo marca, modelo, serie, etc. de los equipos mecánicos, eléctricos y electrónicos implementados. En la documentación del proyecto deberá identificarse la ubicación de cada componente.

  5. Todos los equipos a instalar como parte del Sistema de Peaje deberán contar con tierra física independiente, con una resistencia no mayor a 5 Ohm y debe cumplir con la norma oficial mexicana NOM-001-SEDE-2012. 

  6. Los insumos y refacciones que por la operación sea necesario reemplazar, serán proporcionados por el Prestador del Servicio sin que esto represente un costo extra para el STECDMX. Algunos ejemplos de estos son: papel térmico, cintas, gomas, bandas, cableado, bolsas de monedas, billeteros, rieles, bocinas, pantallas, solenoides, trípodes, imanes o electroimán, pernos, acopladores, acrílicos, etc., lo cual es enunciativo más no limitativo.

6.5 Pruebas

Se deberá aplicar el plan de pruebas entregado por el Prestador del Servicio en coordinación con el STECDMX de pruebas correspondientes al Sistema de Peaje posterior a su implementación, debiendo presentar al STECDMX la documentación con los resultados de estas. Para la realización de las pruebas se deberá considerar la realización de las actividades siguientes:

  1. Revisión de la instalación y anclado de los dispositivos.
  2. Revisión de la conexión a la red eléctrica.
  3. Revisión de la red de datos.
  4. Pruebas de interoperabilidad con equipos del SIT de la CDMX.
  5. Verificación de interfaz gráfica en validadores y TVM.
  6. Verificación de operatividad de dispositivos, validadores, torniquetes, garitas y TVMs.
  7. Verificación de envío de transacciones de dispositivos al Sistema Central.
  8. Verificación de configuración de servidores y sincronización.
  9. Verificación de seguridad de la información en la red de datos.

Cabe mencionar que, si las pruebas indican alguna falla, estas deberán ser solventadas sin costo para STECDMX.

6.6 Puesta en Operación

Con el objetivo de asegurar un arranque adecuado y ordenado del Sistema de Peaje, se deberá asegurar el cumplimiento de los siguientes puntos:

  1. Contar con todos los equipos y servicios instalados con sus respectivas pruebas operativas aprobadas.
  2. El Sistema Central deberá estar funcional de acuerdo con lo solicitado por STECDMX. Además, deberá incluir mínimo los siguientes reportes:
    1. Total de validaciones por equipo.
    2. Total de ventas por máquina.
    3. Total de recargas por máquina.
    4. Total de montos recolectados por corte de valores por máquina.
    5. Relación de tarjetas activadas.
  3. Conexión estable en la red de datos en todos los componentes del Sistema de Peaje.
  4. El personal de Peaje del STECDMX debe estar capacitado en el funcionamiento de los equipos y servicios del Sistema de Peaje, incluyendo los manuales respectivos.

Posterior al visto bueno por parte de STECDMX de los puntos mencionados, el Prestador del Servicio iniciará el proceso de puesta en marcha, el cual coincidirá con la fecha y hora de término del Sistema de Peaje actual, de tal forma que tan pronto pare su operación inmediatamente inicie operaciones el nuevo; lo anterior sin causar ninguna afectación a los usuarios del Sistema de Tren Ligero ni al STECDMX.

Cabe hacer mención que el STECDMX informará sobre la fecha y hora de conclusión de operaciones del Sistema de Peaje actual.

6.7 Operación 

Con la finalidad de garantizar la disponibilidad y funcionalidad del Sistema de Peaje, el Prestador del Servicio deberá asignar un equipo técnico especializado de al menos seis integrantes para las tareas de operación de los diferentes elementos de dicho sistema, con los horarios de atención siguientes durante los 365 días del año:

  • Lunes a viernes de 05:00 a 00:00 hrs.
  • Sábados de 06:00 a 00:00 hrs.
  • Domingos y festivos de 07:00 a 00:00 hrs.

El Prestador del Servicio deberá proponer al STECDMX un Plan de Operación para garantizar la disponibilidad del sistema, debiendo entregar un informe mensual de actividades en concordancia con el Plan de Operación propuesto.

Parte importante de los procesos de operación, incluyen la revisión constante de la funcionalidad de los equipos y servicios del Sistema de Peaje, debiendo atender cualquier reporte de falla o desperfecto, así como los que detecte al momento de dicha revisión, iniciando de esta forma el proceso de soporte. 

En caso de no atender las incidencias de acuerdo con el nivel de servicio establecido, se hará acreedor a las penas convencionales que se indiquen en el mismo. Para la atención y resolución de este tipo de incidencias, se deberá considerar el establecimiento de una vía de comunicación con el personal designado por la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, así como generar y entregar el protocolo para la solución de incidencias antes del inicio de operaciones del Sistema de Peaje, el cual será verificado y validado por el STECDMX. Este tipo de informe de incidencias formará parte del reporte diario de incidencias y al término de cada mes deberá ser entregado para los trámites procedentes, máximo en los primeros cinco días naturales de cada mes. 

El personal de supervisión del STE deberá verificar de forma continua que se haya ejecutado correctamente cualquier actualización en la base de datos en los casos siguientes: cambio de tarifa, costo de tarjeta, así como el identificador de localización de los dispositivos y equipos; por otro lado, deberá comprobar que los cambios se reflejen en la información presentada en Validadores y TVM.

6.8 Mantenimiento

Se entiende como mantenimiento todas aquellas actividades de intervención al equipo y Sistema de Peaje, con el objeto de solucionar y prevenir fallas. El Prestador del Servicio deberá considerar el suministro de las refacciones, insumos y material necesario para la operación, el mantenimiento preventivo y mantenimiento mayor del Sistema de Peaje, durante la vigencia del servicio.

El Prestador del Servicio deberá proporcionar un mecanismo de monitoreo permanente de los dispositivos, incidencias, acciones de supervisión, soporte y mantenimiento, tanto preventivo como correctivo, así como el estado que guardan y la cronología de dichas acciones, debiendo designar al personal responsable de la operación de dicho mecanismo, a fin de contar con el soporte técnico correspondiente.

6.8.1 Mantenimiento preventivo 

El Prestador del Servicio deberá presentar un Plan de Mantenimiento Preventivo a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, previo al inicio del Servicio, para su evaluación y autorización. Dicho Plan debe incluir componentes físicos (validadores, TVM, garitas, torniquetes, etc.) y componentes lógicos (software de Peaje, Sistemas Operativos, actualizaciones, etc).

Así mismo, el Prestador del Servicio deberá entregar informes mensuales como evidencia del cumplimiento de las acciones propuestas en el Plan de Mantenimiento Preventivo, las cuales deberán ser supervisadas por personal del STECDMX quien tendrá la facultad de realizar modificaciones y proporcionar el visto bueno.

6.8.2 Mantenimiento correctivo 

El Prestador del Servicio deberá presentar a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones un plan de resolución fallas para el Sistema Central y demás equipo del Sistema de Peaje. Mensualmente deberá entregar un informe de las acciones realizadas, así como el estado actual. Dichas acciones deberán ejecutarse en un lapso determinado de tiempo, a partir de las condiciones encontradas en el diagnóstico, las cuales deberán ser informadas oportunamente a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

El mantenimiento correctivo deberá considerarse para la gestión de fallas reportadas por el STECDMX o detectadas durante la aplicación del mantenimiento preventivo por parte del Prestador del Servicio. En caso de que el mantenimiento correctivo obligue a parar la operación de un equipo de Peaje, este deberá ser sustituido por otro de la misma marca y modelo, en condiciones óptimas de operación y con la configuración adecuada, en tanto se realice la reparación del equipo reportado con falla.

Los componentes del sistema que se encuentren averiados deberán ser reemplazados por el Prestador del Servicio durante la atención de la falla haciendo uso de un stock de refacciones que se disponga en sitio a fin de evitar afectaciones en la disponibilidad de los equipos por tiempos de atención.

Los componentes averiados que no sean considerados de consumo deberán ser diagnosticados por el Prestador del Servicio el cual emitirá un informe de reparación al STECDMX y en su caso, proceder con la validación; dicha actividad deberá tener el visto bueno de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, así como también dará seguimiento a la reparación correspondiente. Por lo que, a fin de contar con un mecanismo de referencia de costos para la autorización del suministro e instalación de piezas nuevas que den solución a fallas funcionales u operativas de los equipos, el Prestador del Servicio deberá presentar un listado de componentes susceptibles a ser reemplazados por acciones correctivas, con los costos respectivos, los cuales serán la referencia de pago por servicio de mantenimiento correctivo.

En la propuesta técnica, se deberán integrar un listado de componentes de consumo desglosado por equipo, así como el listado de stock correspondiente.

De la misma forma, en su propuesta económica deberá indicar el monto máximo a considerar para efectos de mantenimiento correctivo de componentes que no son de consumo, lo cual, sumado al costo del servicio integral de implementación, operación, mantenimiento y soporte representará el monto máximo del contrato.

6.9 Soporte 

Las actividades de soporte tendrán como objetivo principal proporcionar ayuda, orientación y capacitación sobre la funcionalidad y operación del Sistema de Peaje para brindar solución a problemas que no impliquen mantenimiento preventivo ni correctivo. De la misma forma, se deberán realizar actividades como actualizaciones de tarifa, activación de transbordos, incluir nuevos campos o parámetros a nivel de base de datos e implementación de nuevas reglas de negocio y que el software del Sistema Central de Datos se mantenga actualizado. 

Además, el Prestador del Servicio deberá asegurar que la Base de Datos se mantenga actualizada y garantice su integridad en su estructura de datos. El Prestador del Servicio deberá llevar a cabo actualizaciones al Sistema Operativo del Servidor Central, así como al Secundario, además de la instalación de todo el software o aplicaciones necesarias, con la finalidad de asegurar el funcionamiento óptimo del Sistema de Peaje.

El Prestador del Servicio será responsable de la actualización e integridad de la información contenida en el Servidor Principal, así como también del Servidor Secundario, el cual estará ubicado en el Site del STECDMX.

6.10 Expediente documental

El Prestador del Servicio deberá entregar, dentro los 20 días hábiles a partir del día hábil siguiente de la notificación de adjudicación del Servicio de Implementación, la siguiente documentación e información a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones:

  1. Relación de ubicación, IP, tipo y número de serie de tarjeta activa para transacciones y configuración de cada uno de los dispositivos instalados.
  2. Manuales de operación por tipo de dispositivo en idioma español
  3. Matriz de Escalación Técnico y Funcional Operativo.
  4. Relación del personal destinado a la ejecución de las actividades descritas en el presente documento, proporcionando como mínimo: nombre, medio de contacto, cargo y nivel de atención. En caso de actualización de personal, deberá informar por escrito a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Servicio de Transportes Eléctricos.
  5. Programa de mantenimiento preventivo por cada mes de vigencia del Servicio, en el cual se debe mencionar como mínimo, las fechas de actividad, equipo a intervenir, lugar de atención, descripción de las acciones a realizar, personal que llevará a cabo la actividad y duración de la actividad.
  6. Protocolo para la solución de incidencias en caso de mantenimiento correctivo, debe incluir las acciones a tomar, tiempos aproximados de atención, personal que atenderá, material y refacciones a reemplazar.
  7. Plan de recuperación de desastres limitado al ámbito del Sistema Central de Datos.

6.11 Niveles de servicio

  1. El Prestador del Servicio deberá poner a disposición de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones una Mesa de Ayuda como medio de solicitud de atención a incidencias, soporte y asistencia técnica, seguimiento y solución de los equipos instalados dentro los 20 días hábiles a partir del día hábil siguiente de la notificación de adjudicación del Servicio de Implementación.
  2. El Prestador del Servicio deberá acudir a donde se encuentre el equipo con falla para su atención, a menos que la falla pueda ser atendida a través de medios de comunicación remotos, la atención de incidencias deberá realizarse los 365 días de año en un horario de 6:00 a 23:30 horas.
  3. La atención en sitio deberá ser máximo de 60 minutos en total, 25 minutos a partir del levantamiento del reporte en la mesa de ayuda y el tiempo de reparación deberá ser en un plazo no mayor a 35 minutos, en caso de rebasar los tiempos establecidos, serán registrados y contabilizados los minutos excedentes, se presentará un informe mensual, mismo que servirá para realizar los cálculos de las penas convencionales.
  4. Si la reparación excede más de tres días naturales el Prestador del Servicio deberá reportar inmediatamente al personal de supervisión del STECDMX, debiendo sustituir el equipo por otro en condiciones óptimas de funcionamiento con las mismas características, a fin de garantizar la disponibilidad del Sistema.
  5. El Prestador del Servicio deberá presentar el soporte físico, lógico y/o documental de la solución de la incidencia, debiendo contener como mínimo: fecha y hora levantamiento de reporte, fecha y hora de inicio de atención, datos del personal técnico que inicia la atención, evidencia de la falla, tipo de incidencia, tiempo de solución, fecha y hora de termino de atención, datos del personal técnico que concluye la atención.
  6. Como evidencia de la atención de las fallas reportadas se deberán presentar, de manera enunciativa más no limitativa, la pieza, dispositivo, aditamentos, tabla de configuración, registro de transacciones (logs del servidor), etc.
  7. Si el equipo presentará más de cinco fallas durante un periodo de 20 días naturales, este deberá ser sustituido por un equipo nuevo con las mismas características.
  8. La atención y resolución de fallas del Sistema Central no debe ser mayor a 24 horas, en caso contrario, el Prestador del Servicio deberá informar a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para que evalúe y autorice, en caso necesario, la redirección de la operación del Sistema Central hacia el Servidor Secundario, garantizando los esquemas de seguridad y confiabilidad en las transacciones a la base de datos secundaria.
  9. El Prestador del Servicio deberá entregar dentro de los 10 días hábiles a partir del primer día de cada mes: 
    1. Relación de los dispositivos con la disponibilidad de servicio, total de horas de servicio. 
    2. Número de versión de configuración implementada en el dispositivo.
    3. Bitácoras de Mantenimiento preventivo.
    4. Reporte de incidencias atendidas con los tiempos de atención.
    5. Numerología de transacciones por Venta, Recarga, Debitaciones, Transacciones CODI.
    6. Informe mensual de seguimiento de actividades de supervisión y mantenimiento preventivo de todos los componentes (Validadores, Sistema Central, Concentradores, TVMs, Torniquetes, Garitas, Comunicaciones, etc.)

PORCENTAJE DE DEDUCCIONES

Nivel de servicio

Descripción

Penalización

Atención de incidencia

El inicio de la atención en sitio deberá ser máximo 60 minutos en total, 25 minutos a partir del levantamiento del reporte y el tiempo de reparación deberá ser en un plazo no mayor a 35 minutos, si el tiempo de reparación excede el tiempo establecido será contabilizado y registrado para calcular el monto por pena convencional a la falta de disponibilidad del dispositivo y atención al servicio.

Deductiva del 0.5% por cada día natural (18 hrs.) sobre el monto total mensual del servicio respecto al tiempo de atención a incidencias, de acuerdo a la sumatoria de los minutos excedente registrados en cada soporte durante el mes facturado.

Entregables Mensuales

• Relación de los dispositivos con la disponibilidad de servicio, total de horas de servicio. 

• Número de versión de configuración implementada en el dispositivo

• Bitácoras de Mantenimiento preventivo.

• Reporte de incidencias atendidas con los tiempos de atención

• Numerología de transacciones por Venta, Recarga, Debitaciónes, Transacciones CODI.

• Informe mensual de seguimiento de actividades de supervisión y mantenimiento preventivo de todos los componentes (Validadores, Sistema Central, Concentradores, TVMs, Torniquetes, Garitas, Comunicaciones, etc

Deductiva del 0.5% por cada día natural de atraso sobre el monto total mensual del servicio, respecto a la entrega: Relación de los dispositivos con la disponibilidad de servicio, número de versión de configuración implementada (lista negra y blanca) en el dispositivo, versión de lista Blanca implementada Bitácoras de Mantenimiento preventivo, Reporte de incidencias con tiempos de atención, Numerología de transacciones por Venta, Recarga, Debitaciones, Transacciones CODI, conforme a los tiempos establecidos.

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