El mantenimiento del equipo de oficina tendrá como objetivo únicamente el mantenimiento correctivo de los bienes, reparación de partes dañadas o, para el caso de partes inservibles, su cambio por refacciones nuevas. El mantenimiento correctivo incluye revisión y ajustes en general, lubricación de partes y terminales mecánicas móviles o de fricción, re-cableado de sistemas o equipo, cambio continuo de cintas de impresión y/o refacciones reemplazables en equipos que por su diseño y/o uso y aplicación así sea requerido, limpieza a presión de aire, lubricación y reapriete de tornillería, pruebas para corroborar la vida útil y pintura general según necesidades aplicables, solicitadas y previa autorización de la Coordinación de Mantenimiento y Servicios.
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De conformidad con lo establecido en el Artículo 69, de la “Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal”, así como el numeral 5.13 De las penas convencionales, subnumeral 5.13.1 de la “Circular Uno 2024, Normatividad en Materia de Administración de Recursos”, en caso de que “El prestador de servicio” adjudicado, en las fechas establecidas no proporcione los servicios descritos, los proporcione con deficiencia, mala calidad o fuera de los plazos requeridos, de conformidad con el presente Anexo Técnico, estará obligado al pago de una pena convencional del 5% (Cinco), sobre el valor total de los servicios dejados de entregar, sin incluir el I.V.A., porcentaje que se aplicará por cada día natural de incumplimiento, y será con cargo directo a la facturación; las penas convencionales no excederán el monto total de la garantía del cumplimiento del contrato.
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