Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de México/Oportunidades De Negocio

PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DEL PROGRAMA DE RESTAURACIÓN AMBIENTAL SIERRA DE LAS CRUCES, CIUDAD DE MÉXICO. HACIA UN MODELO SOCIAL E INCLUYENTE
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19. Prorrogas al plazo de la prestación de servicios

No se otorgarán prórrogas, salvo lo estipulado en el párrafo sexto del artículo 42 de la LADF y en términos de numeral 5.10 de la CIRCULAR UNO 2019, la Convocante por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a la misma Convocante, podrá modificar el contrato, aviso u orden de servicio a efecto de prorrogar la fecha o plazo para la entrega de los servicios, no procediendo a la aplicación de penas convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a la Convocante, no se requerirá de la solicitud de la participante.

En el caso de que la participante requiera una prórroga por las causas descritas en el párrafo anterior, deberá solicitarlo por escrito dirigido a la Dirección de Administración, de manera previa a la fecha en que se cumpla el plazo de entrega indicado en el aviso u orden de servicio que establece el Anexo Técnico y el contrato.

En caso de que la participante no obtenga la prórroga solicitada, por ser causa imputable a ésta, se hará acreedor a la aplicación de las penas convencionales indicadas en las presentes Bases.

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