Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de México/Oportunidades De Negocio

PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DEL PROGRAMA DE RESTAURACIÓN AMBIENTAL SIERRA DE LAS CRUCES, CIUDAD DE MÉXICO. HACIA UN MODELO SOCIAL E INCLUYENTE
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18. Modificación del contrato

Dentro de su presupuesto aprobado y disponible, la Convocante bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento del monto y cantidad de servicios contratados, mediante modificaciones a sus contratos vigentes y que el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto el 25% del valor total del contrato, siempre y cuando el precio y demás condiciones sean iguales a lo inicialmente pactado, debiéndose ajustar la garantía de cumplimiento del contrato.

Cuando se efectúen modificaciones al contrato por incremento en las cantidades de los servicios, el proveedor deberá entregar, en el momento de la formalización del convenio modificatorio, la actualización de la garantía de cumplimiento de contrato, que incluya las nuevas obligaciones.

No procederán modificaciones de contrato que impliquen incremento de precios, otorgamiento de anticipos, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier cambio que implique otorgar mejores condiciones a la participante ganadora comparadas con las establecidas originalmente, excepto las que se refieran a iguales o mejores condiciones de calidad para la Convocante y el precio sea igual al originalmente pactado.

Cualquier modificación a los contratos, deberá formalizarse por escrito por parte de la Convocante, los instrumentos legales respectivos serán suscritos por la persona servidora pública que lo haya hecho en el contrato o quien lo sustituya o esté facultado para ello.

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