Obligaciones generales
- “LA EMPRESA” será la única responsable de la desinstalación de los equipos y sistemas informáticos correspondientes al sistema central y a las comunicaciones descritos en el “Anexo 2”: Inventario de Equipos para el Sistema de Peaje y Control de Acceso y el software listado en el “Anexo 3”: Inventario de Software para el Sistema de Peaje y control de acceso, incluyendo las herramientas, transporte y almacenamiento de equipos desinstalados y el personal necesario para las tareas de desinstalación, y demás actividades que sean necesarias para garantizar la continuidad de servicio al usuario en los horarios de operación de Metrobús durante la etapa de transición con la nueva empresa de peaje.
- Durante el plazo establecido en el contrato “LA EMPRESA” debe realizar el retiro escalonado y programado según lo establecido por Metrobús de todos los equipos que hacen parte del sistema de peaje y control de acceso instalados en los corredores “METROBÚS EJE 5 NORTE” y “METROBÚS REFORMA” correspondiente a la línea 6 y 7 del Sistema Metrobús.
- En caso de que se presenten atrasos en el calendario de desinstalación, Metrobús podrá negociar con “LA EMPRESA” y realizar ajustes a la contraprestación pactada en el contrato.
- “LA EMPRESA” debe poner a disposición la reserva de Tarjetas de Movilidad Integrada para ser adquirida por la nueva empresa de peaje bajo las condiciones establecidas por Metrobús. “LA EMPRESA suministrará a Metrobús un inventario detallado de las Tarjetas de Movilidad Integrada.
- “LA EMPRESA” debe entregar a Metrobús la última versión del código fuente de la API, la aplicación móvil y el sitio web descritos en el “Anexo 4”: Especificaciones técnicas del Sistema de Peaje y Control de Acceso, cada uno con un manual de usuario, un documento de diseño y la documentación del código.
- “LA EMPRESA” debe entregar a Metrobús la última versión de toda la documentación técnica necesaria de todos y cada uno de los componentes del sistema de peaje y control de acceso que sean requeridos para implementar y/o integrar el nuevo sistema de peaje y control de acceso.
- “LA EMPRESA” durante el proceso de desinstalación de sus terminales de venta y recarga (TVMC y TVML), permitirá que personal autorizado de la nueva empresa de peaje acompañe a la empresa de transporte de valores durante el retiro de los dineros recaudados en las nuevas terminales de venta y recarga (TVMC y TVML).
- “LA EMPRESA” debe contratar la logística necesaria para el retiro de equipos, transporte y almacenamiento de los elementos desinstalados.
- “LA EMPRESA” debe migrar toda la información almacenada en la base de datos al sistema que Metrobús le solicite. Durante este proceso “LA EMPRESA” debe certificar que la totalidad de los mismo sean migrados correctamente con el 100% de la integridad de los datos.
Etapa de retiro de equipos
- Metrobús suministrará a “LA EMPRESA” el cronograma correspondiente al proceso de instalación de la nueva empresa de peaje. “LA EMPRESA” debe utilizar esta información para realizar y entregar para aprobación de Metrobús un cronograma de desinstalación de sus equipos sincronizando la secuencia de desinstalación (terminales o estaciones), fecha de inicio y duración.
- “LA EMPRESA” debe participar en la conformación de la mesa de trabajo convocada por Metrobús, donde se programará de común acuerdo las reuniones periódicas que tendrán como fin realizar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones y el cronograma establecido.
- “LA EMPRESA” debe participar en cada una de las mesas de trabajo programadas y/o convocadas de forma extraordinaria por Metrobús y ser representada por el personal clave, es decir, todas las personas responsables de la toma de decisiones y ejecución de las distintas actividades.
- “LA EMPRESA” debe Consolidar la información en el sistema central durante la etapa de instalación y puesta en marcha de toda la información transaccional del proyecto asociado al contrato de peaje de Líneas 1, 2, y 3 del Sistema Metrobús y/o en el servidor local o nube que Metrobús determine.
- “LA EMPRESA” debe mantener operativo el sistema central hasta que sean retirados la totalidad de equipos de las terminales y estaciones del Sistema Metrobús y se verifique que la nueva empresa de peaje haya asumido el control de la totalidad de la operación.
- Metrobús suministrará a “LA EMPRESA”, con mínimo ocho (8) días hábiles de antelación, los procedimientos y requerimientos para coordinar con la nueva empresa de peaje la ejecución de la prueba piloto.
- “LA EMPRESA” debe participar en la(s) prueba(s) piloto en la(s) terminal(es) o estación(es) seleccionada(s) por Metrobús.
- “LA EMPRESA” debe desinstalar los torniquetes de entrada (TQE), las puertas de cortesía (PSC) con sus respectivos validadores (VAL), los torniquetes de salida (TQS), las terminales de venta y recarga completas (TVMC y TVML), los centros de atención a usuarios (CAU), las UPS (Uninterruptible Power Supply) y las plantas eléctricas, los NVR (Network Video Recorder) y Cámaras IP de cada terminal o estación en la secuencia y tiempos establecidos para la prueba piloto.
- “LA EMPRESA” debe desinstalar el equipamiento embarcado en autobuses validadores (VAL), los dispositivos de conteo de ascensos y descensos (DCU) y panel de información a bordo del autobús (PIB) de cada autobús en la secuencia y tiempos establecidos para la prueba piloto.
- Al finalizar la desinstalación en una terminal o estación, “LA EMPRESA” debe retirar de la estación todos los elementos y equipos. No se permitirá pernoctar o el almacenamiento temporal de ninguno de los elementos desinstalados en la terminal o estación.