Implementación del alcance para pago con códigos de barras 2D
- Al inicio de la instalación, “LA EMPRESA” debe implementar “la solución” para la lectura y procesamiento de códigos de barras 2D dinámicos en los tiempos establecidos de común acuerdo entre las partes.
- “LA EMPRESA” comunicará a Metrobús antes de la finalización de la fecha establecida, la realización de las pruebas de aprobación de requisitos técnicos de la funcionalidad de validación con códigos de barras 2D.
- Solamente después del proceso exitoso de pruebas, “LA EMPRESA” podrá realizar la activación de la funcionalidad de lectura de códigos de barras 2D en los validadores.
Implementación del alcance para pago con medios de pago EMV sin contacto
- Al inicio de la instalación, “LA EMPRESA” debe implementar “la solución” para el procesamiento del pago con medios de pago EMV sin contacto en los tiempos establecidos de común acuerdo entre las partes.
- “LA EMPRESA” comunicará a Metrobús antes de la finalización de la fecha establecida, la realización de las pruebas de aprobación de requisitos técnicos de la funcionalidad del pago EMV sin contacto.
- Solamente después del proceso exitoso de pruebas, “LA EMPRESA” podrá realizar la activación de la funcionalidad del pago EMV sin contacto en los validadores y terminales móviles para supervisión.
Pruebas de aprobación de requisitos técnicos para pago con códigos de barras 2D y medios de pago EMV sin contacto
- Con el objetivo de verificar el cumplimiento los requisitos técnicos del alcance de la implementación del pago con códigos de barras 2D y con medios de pago EMV sin contacto descrito en el “Anexo 4”: Especificaciones técnicas del Sistema de Peaje y Control de Acceso, “LA EMPRESA” debe realizar una prueba en un ambiente controlado fuera del ambiente de producción que simule las condiciones de operación del sistema.
- Estas pruebas deben ser acompañadas por personal de Metrobús y/o quien este designe. Por lo tanto, “LA EMPRESA” informará la fecha de ejecución con mínimo cinco (5) días hábiles de antelación.
- Para la ejecución de las pruebas de requisitos técnicos, “LA EMPRESA” debe suministrar para aprobación de Metrobús, un protocolo de pruebas donde describa los procedimientos de ejecución que contenga como mínimo la siguiente información:
- Título de la prueba
- Objetivo de la prueba
- Nombre de la forma de pago sometida a prueba
- Listado de funcionalidades o requerimientos técnicos que hacen parte de la prueba
- Descripción detallada del procedimiento a realizar durante la prueba
- Formato para registro de ejecución y resultados de la prueba el cual debe contener como mínimo:
- Lugar donde se realiza la prueba
- Fecha y hora de inicio y fin de la prueba
- Forma de pago
- Descripción clara de la funcionalidad o requerimiento técnica a probar
- Tipo de prueba (Prueba práctica/documental)
- Resultado de la prueba (Cumple/No Cumple)
- Campo para Observaciones
- Firmas participantes
- Una vez finalizadas las pruebas, “LA EMPRESA” entregará un informe del resultado de las pruebas. Si existiere un resultado “no cumple” durante la ejecución de las pruebas, “LA EMPRESA” informará a Metrobús las acciones que realizará para subsanar y solicitará específicamente la verificación de la funcionalidad o requerimiento técnico que presentó el incumplimiento. En caso de que persista el incumplimiento y este no pueda ser subsanado e impida la implementación del pago mediante el uso de códigos de barras 2D y/o medios de pago EMV sin contacto en tiempo y forma, se aplicará la pena convencional descrita en el “Anexo 9”: Factor de Calidad y Penas Convencionales del Sistema de Peaje y Control de acceso.
- Durante los tres primeros meses “LA EMPRESA” suministrará un informe de forma semanal con el resumen detallado de la evolución del sistema, presentado como mínimo: usos por estación, total de usos por línea, total general de usos, número de usuarios registrados, total de dineros recaudados por estación y terminal, otros a petición de Metrobús.
Adicionalmente, este informe debe incluir información sobre las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias realizadas específicamente sobre el servicio de pago con códigos de barras 2D y/o EMV sin contacto durante el periodo del informe.
Finalizado este periodo, “LA EMPRESA” suministrará el informe de forma mensual durante la duración del contrato.
- Si durante la duración del contrato se presenta una falla generalizada que impida parcial o totalmente el funcionamiento del pago con códigos de barras 2D y/o medios de pago EMV sin contacto, “LA EMPRESA” deshabilitará la funcionalidad y realizará un informe que contenga como mínimo las causas de la falla, tratamiento, consecuencias a nivel económico y de servicio al usuario, otros a petición de Metrobús.
- Después de solucionar la falla, “LA EMPRESA” deberá realizar nuevamente las pruebas en un ambiente controlado para verificar que esta fue subsanada. Estas pruebas deben tener el acompañamiento del personal de Metrobús y/o quien este designe y obtener la aprobación para reiniciar el uso de la funcionalidad de validación con códigos de barras 2D y/o medios de pago EMV sin contacto
- En caso de que persista la falla y esta no pueda ser subsanada e impida la habilitación de la funcionalidad, se aplicará la pena convencional correspondiente especificada en el “Anexo 9”: Factor de Calidad y Penas Convencionales del Sistema de Peaje y Control de acceso.