Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de México/Oportunidades De Negocio

Prebases para la Prestación de servicios de peaje y control de acceso en la Línea 6 y 7 del Metrobús de la CDMX
CERRADO

Datos del Proceso
Número de comentarios

4

Número de sugerencias

9

Número de preguntas

274

Comentario destacado

0

Índice
Anexo cuatro. Especificaciones técnicas del sistema de peaje y control de acceso
Para descargar ésta versión del documento, útiliza el boton de descarga que se encuentra al final de la págna o da clik aquí.(la descarga puede tardar unos minutos por el tamaño ...
Anexo siete. Instalación y puesta en marcha del sistema de peaje y control de acceso
Para descargar ésta versión del documento, útiliza el boton de descarga que se encuentra al final de la págna o da clik aquí.(la descarga puede tardar unos minutos por el tamaño ...
Anexo ocho. Mantenimiento y atención de contingencias para el sistema de peaje y control de acceso
Para descargar ésta versión del documento, útiliza el boton de descarga que se encuentra al final de la págna o da clik aquí.(la descarga puede tardar unos minutos por el tamaño ...
Anexo nueve. Factor de calidad y penas convencionales del sistema de peaje y control de acceso
Para descargar ésta versión del documento, útiliza el boton de descarga que se encuentra al final de la págna o da clik aquí.(la descarga puede tardar unos minutos por el tamaño ...
Anexo diez. Desinstalación de equipos del sistema de peaje y control de acceso
Para descargar ésta versión del documento, útiliza el boton de descarga que se encuentra al final de la págna o da clik aquí.(la descarga puede tardar unos minutos por el tamaño ...
Anexo once. Cálculo contraprestación a empresa de peaje
Para descargar ésta versión del documento, útiliza el boton de descarga que se encuentra al final de la págna o da clik aquí.(la descarga puede tardar unos minutos por el tamaño ...
Apéndice 1 de las bases. Guía para el desarrollo del concurso
Para descargar ésta versión del documento, útiliza el boton de descarga que se encuentra al final de la págna o da clik aquí.(la descarga puede tardar unos minutos por el tamaño ...
Modelo-del-Contrato-Peaje-MB-L6 y 7
Para descargar ésta versión del documento, útiliza el boton de descarga que se encuentra al final de la págna o da clik aquí.(la descarga puede tardar unos minutos por el tamaño ...
siguiente sección
Descargar proyecto

Disponible en formato PDF

Pregunta
20 de October 2022 16:08
Visto
REVENUE COLLECTION SYSTEMS MEXICO S.A DE C.V
"DÉCIMO TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
 
Sin perjuicio de la CLÁUSULA DÉCIMA del presente Contrato, “LA EMPRESA” podrá dar por terminado este contrato de manera anticipada en cualquiera de los siguientes eventos:
 
1.- Por haber ocurrido la suspensión de la ejecución del contrato durante un término ininterrumpido de más de seis (6) meses por causas no imputables a “LA EMPRESA”; en este caso “LA EMPRESA” deberá notificar por escrito al “FIDUCIARIO” y a “METROBÚS” con por lo menos un (1) mes de anticipación a la fecha en que pretenda la terminación anticipada.
 
2.- Si por cualquier causa se deja de prestar el servicio público de transporte de pasajeros en “LOS CORREDORES” y de manera permanente.
 
3.- Será causa de rescisión del contrato sin responsabilidad para el “FIDUCIARIO” los casos en los que “LA EMPRESA” sin contar con la autorización correspondiente de “METROBÚS” recargue en los equipos para la venta y recarga de tarjetas con tarjetas que contengan características distintas a las que se especifican en el “Anexo 6” de este contrato, aún y cuando alegue que resultan compatibles con los equipos del sistema de peaje y control de accesos.
 
“LAS PARTES” acuerdan y aceptan que no será causal de rescisión, revocación o terminación anticipada de este contrato el supuesto en el que cualquier Dependencia o Entidad del Gobierno de la Ciudad de México estableciera el uso de tarjeta de acceso distinta a la que con motivo de este contrato haya estado distribuyendo “LA EMPRESA”, ya que los efectos de dicha sustitución de tarjeta únicamente dará lugar a la modificación que en ese aspecto corresponda a los equipos que estén operando en “LOS CORREDORES” para el peaje y control de accesos así como los efectos sobre la contraprestación pactada en este contrato, lo cual se deberá plasmar en el convenio modificatorio correspondiente.
 
En el supuesto que este contrato se terminara de manera anticipada por causas no imputables a “LA EMPRESA”, “LAS PARTES” convienen de mutuo acuerdo que el "FIDUCIARIO" deberá pagar a “LA EMPRESA” una pena convencional equivalente al treinta por ciento (30%) sobre las remuneraciones remanentes no cubiertas a la fecha de la terminación. 

El “FIDUCIARIO” podrá dar por terminado el presente contrato, en cualquiera de los siguientes casos:
 

Si “LA EMPRESA” incumple cualquiera de las obligaciones que derivan de este Contrato, en especial las señaladas en la CLÁUSULA TERCERA del mismo por causa imputable a “LA EMPRESA”, a menos que este incumplimiento se derive de caso fortuito o fuerza mayor.
Si en un período ininterrumpido de 2 (dos) meses “LA EMPRESA” no realiza el recaudo de valores, salvo que este incumplimiento se deba a un caso fortuito o fuerza mayor."

Modelo del contrato - Cláusula Décimo Tercera
LEG
Pregunta: Se solicita a la convocante clarificar que en caso de terminación anticipada por causas no imputables a LA EMPRESA, ésta deberá cubrir los gastos no recuperables debidamente documentados, así como los montos que correspondan a las actividades efectivamente realizadas al momento de que surta efecto la terminación, siempre que estos tengan relación directa con el objeto de contratación del presente concurso.

0
Pregunta
20 de October 2022 16:04
Visto
REVENUE COLLECTION SYSTEMS MEXICO S.A DE C.V
"DÉCIMO TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
 
Sin perjuicio de la CLÁUSULA DÉCIMA del presente Contrato, “LA EMPRESA” podrá dar por terminado este contrato de manera anticipada en cualquiera de los siguientes eventos:
 
1.- Por haber ocurrido la suspensión de la ejecución del contrato durante un término ininterrumpido de más de seis (6) meses por causas no imputables a “LA EMPRESA”; en este caso “LA EMPRESA” deberá notificar por escrito al “FIDUCIARIO” y a “METROBÚS” con por lo menos un (1) mes de anticipación a la fecha en que pretenda la terminación anticipada.
 
2.- Si por cualquier causa se deja de prestar el servicio público de transporte de pasajeros en “LOS CORREDORES” y de manera permanente.
 
3.- Será causa de rescisión del contrato sin responsabilidad para el “FIDUCIARIO” los casos en los que “LA EMPRESA” sin contar con la autorización correspondiente de “METROBÚS” recargue en los equipos para la venta y recarga de tarjetas con tarjetas que contengan características distintas a las que se especifican en el “Anexo 6” de este contrato, aún y cuando alegue que resultan compatibles con los equipos del sistema de peaje y control de accesos.
 
“LAS PARTES” acuerdan y aceptan que no será causal de rescisión, revocación o terminación anticipada de este contrato el supuesto en el que cualquier Dependencia o Entidad del Gobierno de la Ciudad de México estableciera el uso de tarjeta de acceso distinta a la que con motivo de este contrato haya estado distribuyendo “LA EMPRESA”, ya que los efectos de dicha sustitución de tarjeta únicamente dará lugar a la modificación que en ese aspecto corresponda a los equipos que estén operando en “LOS CORREDORES” para el peaje y control de accesos así como los efectos sobre la contraprestación pactada en este contrato, lo cual se deberá plasmar en el convenio modificatorio correspondiente.
 
En el supuesto que este contrato se terminara de manera anticipada por causas no imputables a “LA EMPRESA”, “LAS PARTES” convienen de mutuo acuerdo que el "FIDUCIARIO" deberá pagar a “LA EMPRESA” una pena convencional equivalente al treinta por ciento (30%) sobre las remuneraciones remanentes no cubiertas a la fecha de la terminación. 

El “FIDUCIARIO” podrá dar por terminado el presente contrato, en cualquiera de los siguientes casos:
 

Si “LA EMPRESA” incumple cualquiera de las obligaciones que derivan de este Contrato, en especial las señaladas en la CLÁUSULA TERCERA del mismo por causa imputable a “LA EMPRESA”, a menos que este incumplimiento se derive de caso fortuito o fuerza mayor.
Si en un período ininterrumpido de 2 (dos) meses “LA EMPRESA” no realiza el recaudo de valores, salvo que este incumplimiento se deba a un caso fortuito o fuerza mayor."

Modelo del contrato Cláusula Décimo Tercera
LEG
Pregunta: Se solicita a la convocante establecer que cuando exista una variación o actualización en las tarjetas a utilizarse se actualizarán los anexos correspondientes a efecto de que no se interprete la actualización de características por la empresa como un incumplimiento.

0
Pregunta
20 de October 2022 15:55
Visto
REVENUE COLLECTION SYSTEMS MEXICO S.A DE C.V
"DÉCIMA. PENAS CONVENCIONALES.
 
En caso de incumplimiento a las obligaciones de este contrato que ocasionen daños, sean directos o indirectos ocasionados al servicio de peaje y control de accesos que se presta en “LOS CORREDORES”, “LA EMPRESA”, deberá pagar a el "FIDUCIARIO" una pena convencional la cual no excederá el 10% de la contraprestación que se hubiere generado en el mes inmediato anterior a la fecha en que se hubiera realizado el incumplimiento."

Modelo del Contrato Cláusula Décima
Penas Convencionales
LEG
Pregunta:
- Se solicita a la convocante clarificar si el límite del 10% es por cada incumplimiento o por la suma de los incumplimientos mensuales.
- Se solicita a la convocante clarificar que sólo se considerarán como incumplimientos los establecidos expresamente en el contrato.

0
Pregunta
20 de October 2022 15:48
Visto
REVENUE COLLECTION SYSTEMS MEXICO S.A DE C.V
"DÉCIMA. PENAS CONVENCIONALES.
 
En caso de incumplimiento a las obligaciones de este contrato que ocasionen daños, sean directos o indirectos ocasionados al servicio de peaje y control de accesos que se presta en “LOS CORREDORES”, “LA EMPRESA”, deberá pagar a el "FIDUCIARIO" una pena convencional la cual no excederá el 10% de la contraprestación que se hubiere generado en el mes inmediato anterior a la fecha en que se hubiera realizado el incumplimiento.
 
“LAS PARTES” convienen y aceptan que en caso de incumplimiento de las obligaciones del contrato que no tengan como consecuencia la terminación anticipada del mismo “LAS PARTES” se obligan a corregir y poner remedio al incumplimiento en los términos y plazos señalados en este contrato, debiendo sujetarse a las condiciones previstas en el “Anexo 9”. 
 
“LAS PARTES” que intervienen en este contrato aceptan que para los supuestos de incumplimientos no previstos en este contrato, deberán acordar el procedimiento a cargo de “LA EMPRESA” para la corrección correspondiente la cual deberá quedar solucionada dentro del plazo de 30 días naturales contados a partir de la recepción del escrito que haga de su conocimiento el incumplimiento; lo anterior con independencia y sin perjuicio del pago de la pena convencional que consistirá en 10% del monto de la remuneración mensual fija que corresponda, de conformidad con la CLÁUSULA OCTAVA de este contrato.
 
“LAS PARTES” convienen y aceptan el siguiente procedimiento para hacer la reclamación del pago de la pena convencional establecida en el párrafo inmediato superior: 
 
1.- La parte que considere que la otra incumplió el presente contrato se lo hará saber por escrito en un término de 30 días hábiles contados a partir del día en que tenga conocimiento del hecho u omisión que dé origen al incumplimiento, detallando pormenorizadamente los hechos u omisiones en que consiste el incumplimiento, acompañando la documentación que soporte su dicho.
 
2.- A partir de la recepción del escrito por el cual se le hace saber del incumplimiento al contrato, la parte que hubiere incumplido cuenta con un término de 30 días hábiles para solicitar a la otra mayor información y aclaraciones respecto de los hechos u omisiones que originaron el incumplimiento, así como de la documentación que soporte el mismo.
 
3.- A partir de la recepción del escrito por el cual se le solicita más información y,o aclaraciones sobre los hechos u omisiones que originaron el incumplimiento al contrato, la parte que considere que la otra incumplió el contrato, cuenta con un término de 3 días hábiles para proporcionar lo solicitado y,o para ratificar su reclamación en los términos del escrito inicial.
 
4.- A partir de la recepción del escrito dando contestación a la solicitud de más información, aclaraciones y, o documentación, la parte que hubiere incumplido cuenta con un término de 15 días hábiles, para aceptar o negar el incumplimiento, quedando obligado a hacer saber su determinación por escrito del conocimiento de la otra parte, dentro de los 5 días hábiles siguientes. En el caso en que se niegue el incumplimiento deberán justificarse las causas de la negativa a satisfacción de la contraparte debiendo acompañar la documentación que sustente tal negativa, en caso contrario, se tendrá por aceptado el incumplimiento imputado, debiendo proceder a hacer efectivo el importe de la pena convencional mediante el descuento directo a la siguiente contraprestación por pagar."

Modelo del Contrato Cláusula Décima "Penas Convencionales"
LEG
Pregunta:
- Se solicita a la convocante clarificar si el límite del 10% es por cada incumplimiento o por la suma de los incumplimientos mensuales.
- Se solicita a la convocante clarificar que sólo se considerarán como incumplimientos los establecidos expresamente en el contrato.

0
Pregunta
20 de October 2022 15:44
Visto
REVENUE COLLECTION SYSTEMS MEXICO S.A DE C.V

Pregunta para toda la sección

Modelo del Contrato
LEG

Pregunta: Se requiere a la convocante aclarar si los términos y condiciones insertos en el modelo de contrato, una vez adjudicado podrán ser modificadas de común acuerdo por ambas partes. Sin que lo anterior represente un riesgo en la operación del contrato, hacia Metrobús o hacia el fideicomiso.

0
Pregunta
20 de October 2022 15:42
Visto
REVENUE COLLECTION SYSTEMS MEXICO S.A DE C.V

Pregunta a todo el proyecto

Bases 3.8 "Cancelación o Suspensión del Concurso"
LEG

Pregunta: Se solicita a la convocante clarificar si los concursantes deben mantener activa la garantía de seriedad de adjudicación durante una suspensión declarada.

0
Pregunta
20 de October 2022 15:41
Visto
REVENUE COLLECTION SYSTEMS MEXICO S.A DE C.V

Pregunta a todo el proyecto

Bases 3.6.1.3. "Modificaciones y aclaraciones a las bases"
LEG

Pregunta: Se solicita a la convocante clarificar si posterior a las modificaciones en las bases los interesados pueden retirar su propuesta.

0