Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de México/Oportunidades De Negocio

Bases para la Adjudicación del Contrato de Prestación de Servicios del Sistema de Registro Fotográfico de Invasión del Carril Confinado en los Corredores de Metrobús
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Anexo 7. Desinstalación de Equipos del Sistema de Fotomultas de Metrobús

1. Introducción 

El presente anexo tiene como objetivo describir las actividades que se llevarán a cabo durante la etapa de desinstalación de los equipos descritos en el “Anexo 1”: inventario de equipos para el sistema de fotomultas, y del software listado en el “Anexo 2”: Inventario de software para el sistema de fotomultas que hacen parte del suministro inicial de este sistema y que deben ser retirados una vez fenecido el plazo forzoso.

2. Definiciones

Nombre

Abreviatura

Definición

Interfaz de programación de aplicaciones (API por sus siglas en inglés Application Programming Interface)

API

Conjunto de subrutinas, funciones y procedimientos que ofrece una librería para ser utilizado por otro software como una capa de abstracción.

Cámara de Fotomultas

CAM

Cámaras para la detección de vehículos que invaden el carril de circulación de Metrobús así como la detección de otros parámetros y registro de incidencias en los carriles, intersecciones o estaciones.

Equipo de comunicaciones

COM

Elemento de conectividad entre los equipos en estaciones, centro de control y el sistema central.

Interfaz de programación de aplicaciones (API por sus siglas en inglés Application Programming Interface)

API

Conjunto de subrutinas, funciones y procedimientos que ofrece una librería para ser utilizado por otro software como una capa de abstracción.

Mesa de ayuda

MA

Servicio que provee un punto de contacto mediante el cual se canalizan las solicitudes para atender incidentes técnicos que ocurren en el Sistema. Desde la mesa de ayuda también se realiza el monitoreo del estado de los equipos del Sistema de Fotomultas y se gestionan los incidentes que surjan a partir de dicho monitoreo. La mesa de ayuda está situada en el lugar que determine “EL PROVEEDOR” y está conformada por personal de “EL PROVEEDOR” que se encarga de recibir y gestionar los incidentes reportados, y dar soporte técnico. Dicho personal se apoya en la funcionalidad de monitoreo de equipos del sistema central, la cual cuenta con una herramienta para gestionar los incidentes y realizar el monitoreo de los equipos.

Parabús

PAR

Puntos de parada de autobuses del sistema Metrobús donde abordan y desembarcan los pasajeros. A diferencia de una estación, estos puntos no cuentan con una zona paga, de manera que no tienen barreras de acceso para el ingreso de los usuarios.

Secretaria de Seguridad Ciudadana

SSC

Organismo centralizado de la administración pública de la Ciudad, donde su atribución principal que se enfoca a los alcances de este Sistema es el de realizar funciones de control, supervisión y regulación del tránsito de personas y vehículos en la vía pública conforme a lo dispuesto en las leyes y reglamentos aplicables.

Sistema Metrobús

MB

Es un sistema de transporte BRT (Bus Rapid Transit) diseñado para mejorar los servicios de transporte de superficie en la Ciudad de México.

Switch

SW

Dispositivo que permite un punto de conexión común de varios dispositivos, como computadoras, a la misma red; generalmente a través de una conexión física por Ethernet.

Terminal de Gestión

TG

Es un terminal inteligente multifuncional que proporciona acceso, almacenamiento y carga de imágenes y videos de cámaras HD de múltiples canales en intersecciones. Tiene múltiples algoritmos inteligentes incorporados. Admite la combinación de

múltiples imágenes, la superposición de caracteres, la recopilación de estadísticas de tráfico, la prueba de velocidad de rango y la liberación de violaciones de tránsito.

Tarjeta SIM

SIM

Es un pequeño chip desmontable que identifica un dispositivo móvil en una red de comunicación. Una SIM almacena de forma segura información específica relacionada con el operador de telefonía móvil.  

 

UPS

 

3. Obligaciones Generales

  1. “EL PROVEEDOR” será el único responsable de la desinstalación de los equipos descritos en el “Anexo 1”: inventario de equipos para el sistema de fotomultas y de los sistemas informáticos correspondientes listados en el “Anexo 2”: Inventario de software para el sistema de fotomultas. Dentro de sus responsabilidades se incluyen el suministro de las herramientas necesarias para el proceso de desinstalación, el transporte y almacenamiento de equipos desinstalados, la provisión del personal requerido para las tareas del proceso, y demás actividades que sean necesarias para garantizar la continuidad de servicio al usuario en los horarios de operación de Metrobús, durante la etapa de transición con el nuevo proveedor del Sistema de Fotomultas.
  2. Durante el plazo establecido en el contrato “EL PROVEEDOR” debe realizar el retiro escalonado y programado según lo establecido por Metrobús de todos los equipos que hacen parte del Sistema de Fotomultas instalados en las siete (7) líneas del sistema Metrobús y otras, en caso de haberse expandido durante la ejecución del contrato.
  3. En caso de que se presenten atrasos en el calendario de desinstalación, Metrobús podrá negociar con “EL PROVEEDOR” y realizar ajustes a la contraprestación pactada en el contrato.
  4. “EL PROVEEDOR” debe entregar a Metrobús la última versión de toda la documentación técnica necesaria de todos y cada uno de los componentes del Sistema de Fotomultas que sean requeridos para implementar y/o integrar con el nuevo sistema.
  5. “EL PROVEEDOR” debe migrar toda la información almacenada en las bases de datos del Sistema de Fotomultas al sistema que Metrobús le solicite. Durante este proceso “EL PROVEEDOR” debe certificar que la totalidad de estos han sido migrados correctamente con el 100 % de la integridad de los datos.

4. Etapa de Desinstalación de Equipos

  1. Metrobús suministrará a “EL PROVEEDOR” el cronograma correspondiente al proceso de instalación de la solución a suministrar por parte del nuevo proveedor del Sistema de Fotomultas. “EL PROVEEDOR” debe utilizar esta información para realizar y entregar para aprobación de Metrobús un cronograma de desinstalación de sus equipos, armonizando la secuencia de desinstalación (estaciones, oficinas de Metrobús y oficinas de la SSC), acorde con las fechas de inicio y duración de la nueva instalación.
  2. “EL PROVEEDOR” debe participar en la conformación de la mesa de trabajo convocada por Metrobús, donde se programará de común acuerdo las reuniones periódicas que tendrán como fin realizar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones y el cronograma establecido.
  3. “EL PROVEEDOR” debe participar en cada una de las mesas de trabajo programadas y/o convocadas de forma extraordinaria por Metrobús y ser representado por el personal clave, es decir, todas las personas responsables de la toma de decisiones y ejecución de las distintas actividades.
  4. “EL PROVEEDOR” debe mantener operativo el sistema central del Sistema de Fotomultas hasta que sean retirados en su totalidad los equipos de las estaciones, oficinas de Metrobús y oficinas de la SSC, y se verifique que el nuevo proveedor del Sistema de Fotomultas haya asumido el control de la totalidad de la operación.
  5. “EL PROVEEDOR” debe participar en la(s) prueba(s) piloto que defina Metrobús para la implementación por parte del nuevo proveedor del Sistema de Fotomultas, teniendo en cuenta la necesidad de desinstalación de los equipos en aquellos lugares donde se plantee realizar dicha prueba.
  6. Metrobús suministrará a “EL PROVEEDOR”, con mínimo diez (10) días hábiles de antelación, los procedimientos y requerimientos para coordinar con el nuevo proveedor del Sistema de Fotomultas la ejecución de las pruebas piloto que se planteen para la nueva solución.  
  7. “EL PROVEEDOR” debe desinstalar todos los equipos descritos en el “Anexo 1”: inventario de equipos para el sistema de fotomultas y los sistemas informáticos listados en el “Anexo 2”: Inventario de software para el sistema de fotomultas, en cada estación, oficinas de Metrobús y oficinas de la SSC, que harán parte de las pruebas piloto, en la secuencia y tiempos establecidos para dichas pruebas.
  8. Al finalizar la desinstalación en una estación, oficinas de Metrobús y oficinas de la SSC, “EL PROVEEDOR” debe retirar de estos todos los elementos y equipos bajo su responsabilidad. No se permitirá pernoctar o almacenar temporalmente ninguno de los elementos desinstalados en aquellos lugares donde se haya realizado el proceso.
  9. Los equipos para los cuales “EL FIDEICOMISO” solicite el traslado de la propiedad, como se menciona en la CLÁUSULA TERCERA del contrato, deberán ser entregados en el lugar y las condiciones que éste o Metrobús indique en su momento para tal fin, siendo “EL PROVEEDOR” el responsable de realizar la entrega en dicho lugar. Los equipos que no sean solicitados dentro del traslado de propiedad a “EL FIDEICOMISO”, serán propiedad de “EL PROVEEDOR” y este podrá disponer de ellos según lo determine, una vez se realice el proceso de desinstalación

Se realizará la firma del acta de terminación del proceso de desinstalación de cada una de las líneas u oficinas de Metrobús y oficinas de la SSC y como se indica en el “Anexo 8”: Actas de inicio de operación y desinstalación, cuando “EL PROVEEDOR” demuestre que:

  • Ha desinstalado todos los equipos descritos en el “Anexo 1”: inventario de equipos para el sistema de fotomultas y del software listado en el “Anexo 2”: Inventario de software para el sistema de fotomultas.
  • Ha retirado todos los elementos y equipos del lugar de desinstalación, realizando a su vez la entrega a “EL FIDEICOMISO” o Metrobús de los equipos que fueron solicitados en el traslado de propiedad.

Si se cumplen estos requerimientos, Metrobús procederá a firmar el acta de desinstalación de la línea correspondiente o centro de control.

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