Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de México/Oportunidades De Negocio

Bases para la Adjudicación del Contrato de Prestación de Servicios del Sistema de Registro Fotográfico de Invasión del Carril Confinado en los Corredores de Metrobús
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3. Consideraciones Generales

3.1. Discrepancias 

En caso de diferencias en la información y/o documentación relacionada con el CONCURSO, incluidas aquellas que presenten los CONCURSANTES, se aplicarán las siguientes reglas:

3.1.1. Entre la CONVOCATORIA y las BASES, prevalecerán las BASES;

3.1.2. Entre las BASES y el modelo de CONTRATO prevalecerá el modelo de CONTRATO;

3.1.3. Entre dos versiones de un mismo documento prevalecerá la más reciente;

3.1.4. Entre las versiones electrónicas emitidas por la CONVOCANTE y cualquier impresión de éstas, prevalecerán las electrónicas;

3.1.5. Entre las versiones electrónicas entregadas por los INTERESADOS Y/O CONCURSANTES y cualquier impresión de éstas, prevalecerán las impresas;

3.1.6. Entre el original y las copias, prevalecerá el original;

3.1.7. Entre las cantidades escritas con letra y las escritas con número, prevalecerán las cantidades escritas con letra;

3.1.8. Entre 2 (dos) números que se refieran al mismo concepto, prevalecerá el número que resulte congruente con el concepto correspondiente y con la PROPOSICIÓN, a juicio de la CONVOCANTE; y

3.1.9. Entre la traducción y el documento traducido prevalecerá la primera.

3.2. Notificaciones del Concurso

Las notificaciones que conforme a estas BASES requiera hacer la CONVOCANTE a los INTERESADOS y/o CONCURSANTES se realizarán mediante (i) correo electrónico en la dirección de correo electrónico que hayan señalado los INTERESADOS en el formulario de registro; (ii) TIANGUIS, o (iii) notificación personal en el DOMICILIO DE LA CONVOCANTE cuando se solicite a los INTERESADOS Y/O CONCURSANTES que acudan a recibir una notificación.

3.3. Gastos y Costos del Concurso 

Los INTERESADOS y/o CONCURSANTES deberán absorber todos los gastos y costos que implique visitas técnicas de evaluación de PROPOSICIONES, análisis y estudio de las BASES, así como aquellos relacionados directa e indirectamente con la preparación, formulación y, en su caso, presentación de su PROPOSICIÓN.

En virtud de lo anterior, la CONVOCANTE en ningún caso será responsable por dichos gastos y costos, o bien, cualquier otro en que incurran los INTERESADOS y/o CONCURSANTES en relación con el CONCURSO, ni aún en el caso de que éste sea declarado desierto, suspendido, anulado o cancelado.

3.4. Responsabilidad de la Convocante

Salvo lo expresamente establecido en estas BASES y las LEYES Y NORMAS APLICABLES, la CONVOCANTE no tendrá ninguna otra responsabilidad derivada del CONCURSO, por lo que los INTERESADOS y/o CONCURSANTES por el hecho de participar en cualquier etapa del CONCURSO, liberan de toda responsabilidad a la CONVOCANTE y a los asesores, incluyendo las de carácter laboral, obligándose a su costo a sacarlos en paz y a salvo por cualquier demanda, reclamo o denuncia que se presente en su contra y que se encuentre relacionada con este CONCURSO, en el entendido que la citada demanda, reclamación o denuncia debe ser originada o derivar de la acción culposa y/o negligente del INTERESADO y/o CONCURSANTE.

3.5. Idioma y Moneda

El idioma oficial del CONCURSO es el español. Por lo tanto, todos los documentos relativos al CONCURSO, así como todas las comunicaciones de los INTERESADOS y/o CONCURSANTES dirigidos a la CONVOCANTE deberán realizarse en dicho idioma, salvo por lo dispuesto en el párrafo siguiente.

Con excepción de los documentos señalados en el Apéndice 1 de las BASES, que deberán acompañarse de traducción al idioma español hecha por perito autorizado en México, los documentos que formen parte de las PROPOSICIONES y que hayan sido elaborados u otorgados en idioma distinto al español deberán acompañarse de su traducción simple al español.

La moneda del CONCURSO será el peso mexicano.

3.6. Modificaciones y Aclaraciones a las Bases 

3.6.1. La CONVOCANTE podrá modificar las BASES por cualquier razón, ya sea a iniciativa propia, en respuesta a las preguntas de los INTERESADOS REGISTRADOS o a solicitud expresa de los mismos.

Adicionalmente, en cualquier momento la CONVOCANTE podrá modificar los plazos establecidos, debiendo comunicar a los CONCURSANTES la modificación al plazo de que se trate y, en su caso, la nueva fecha programada para el acto respectivo.

Cualquier modificación a las BASES emitida por la CONVOCANTE:

3.6.1.1. Será puesta a disposición de los INTERESADOS REGISTRADOS y/o CONCURSANTES, a través de TIANGUIS o correo electrónico concurso@metrobus.cdmx.gob.mx;

3.6.1.2.  Formará parte integrante de las BASES, y

3.6.1.3. Dejará sin efecto la disposición que corresponda contenida en las BASES, incluyendo cualquier modificación anterior emitida por la CONVOCANTE, sólo en la medida que contradiga dicha disposición. 

3.7. Causas para Declarar Desierto el Concurso

El CONCURSO se podrá declarar desierto y, por lo tanto, la CONVOCANTE podrá emitir una nueva CONVOCATORIA cuando:

  • No se reciba PROPOSICIÓN alguna.
  • Se declare que todas las PROPOSICIONES de los CONCURSANTES han sido desechadas por los motivos que la CONVOCANTE informe.
  • Cuando el CONCURSANTE GANADOR, o en su caso, el CONCURSANTE cuya PROPOSICIÓN haya resultado admisible y cuya OFERTA ECONÓMICA presentada y aceptada en el PROCESO DE MEJORAMIENTO DE PROPUESTAS haya sido la segunda más baja, incumplan con los requisitos y formalidades necesarios para la suscripción del CONTRATO.

3.8. Cancelación o suspensión del Concurso 

En cualquier momento, la CONVOCANTE sin responsabilidad alguna podrá cancelar o suspender el CONCURSO. En caso de que se cancele o suspenda el CONCURSO, la CONVOCANTE no será responsable de los gastos en que hubieran incurrido los INTERESADOS y/o CONCURSANTES, ni tendrá obligación de otorgar indemnización alguna.

3.9. Jurisdicción y Competencia 

Todos los INTERESADOS y/o CONCURSANTES, por el simple hecho de adquirir las BASES, y/o presentar una PROPOSICIÓN, se someten a las LEYES Y NORMAS APLICABLES y a la competencia de los tribunales de la Ciudad de México, y renuncian al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro, nacionalidad o por cualquier otro motivo.

Asimismo, aceptan que cualquier acuerdo o disposición contenida en las BASES que sean contrarios a cualquier disposición de orden público en México, se tendrán por no puestas y no afectarán la validez de los demás términos y condiciones de estos; en el entendido de que cuando sea posible legalmente la CONVOCANTE llevará a cabo las acciones procedentes para sustituir los términos y condiciones que resultaren inválidos.

 

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