Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de México/Oportunidades De Negocio

Bases para la Adjudicación del Contrato de Prestación de Servicios del Sistema de Registro Fotográfico de Invasión del Carril Confinado en los Corredores de Metrobús
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Anexo 4. Instalación y Puesta en Marcha de Sistema de Fotomultas

1. Introducción 

El presente anexo tiene como objetivo describir las actividades de instalación y puesta en marcha a ser desarrolladas en el plan de implementación detallado que deberá entregar “EL PROVEEDOR” del Sistema de Fotomultas. 

En el capítulo dos se definen algunos términos técnicos utilizados en el documento, en orden alfabético. Para cada uno de estos se presenta una abreviatura y una definición.

En el capítulo tres se describe el contenido y aspectos generales que deberá desarrollar “EL PROVEEDOR” para la presentación del plan de implementación detallado, relacionando sus principales aspectos como son el cronograma del proyecto, actividades asociadas a la instalación, puesta en marcha e inicio de operación.

En el capítulo cuatro se describen de manera general los parámetros que deberá contemplar “EL PROVEEDOR” para la elaboración del cronograma del proyecto.

En el capítulo cinco se describen las actividades asociadas a la instalación de los equipos descritos en el “Anexo 1”: inventario de equipos para el sistema de fotomultas, y del software listado en el “Anexo 2”: Inventario de software para el sistema de fotomultas, describiendo las características de las pruebas que deberá realizar “EL PROVEEDOR” para verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas de los elementos del Sistema de Fotomultas descritas en el “Anexo 3”: Especificaciones técnicas del sistema de fotomultas

En el capítulo seis se describen las actividades relativas a la puesta en marcha conformadas por las pruebas finales de aceptación para cada una de las siete (7) líneas del Sistema Metrobús y por la firma del acta de inicio de operación que da comienzo a las actividades que deberá realizar “EL PROVEEDOR” en los primeros periodos de la operación.

Finalmente, en el capítulo seis se describen las penas convencionales aplicables a las obligaciones de “EL PROVEEDOR” durante la instalación, puesta en marcha e inicio de operación.

2. Definiciones 

Nombre

Abreviatura

Definición

Interfaz de programación de aplicaciones (API por sus siglas en inglés Application Programming Interface)

API

Conjunto de subrutinas, funciones y procedimientos que ofrece una librería para ser utilizado por otro software como una capa de abstracción.

Cámara de Fotomultas

CAM

Cámaras para la detección de vehículos que invaden el carril de circulación de Metrobús así como la detección de otros parámetros y registro de incidencias en los carriles, intersecciones o estaciones.

Equipo de comunicaciones

COM

Elemento de conectividad entre los equipos en estaciones, centro de control y el sistema central.

Interfaz de programación de aplicaciones (API por sus siglas en inglés Application Programming Interface)

API

Conjunto de subrutinas, funciones y procedimientos que ofrece una librería para ser utilizado por otro software como una capa de abstracción.

Mesa de ayuda

MA

Servicio que provee un punto de contacto mediante el cual se canalizan las solicitudes para atender incidentes técnicos que ocurren en el Sistema. Desde la mesa de ayuda también se realiza el monitoreo del estado de los equipos del Sistema de Fotomultas y se gestionan los incidentes que surjan a partir de dicho monitoreo. La mesa de ayuda está situada en el lugar que determine “EL PROVEEDOR” y está conformada por personal de “EL PROVEEDOR” que se encarga de recibir y gestionar los incidentes reportados, y dar soporte técnico. Dicho personal se apoya en la funcionalidad de monitoreo de equipos del sistema central, la cual cuenta con una herramienta para gestionar los incidentes y realizar el monitoreo de los equipos.

Parabús

PAR

Puntos de parada de autobuses del sistema Metrobús donde abordan y desembarcan los pasajeros. A diferencia de una estación, estos puntos no cuentan con una zona paga, de manera que no tienen barreras de acceso para el ingreso de los usuarios.

Secretaria de Seguridad Ciudadana

SSC

Organismo centralizado de la administración pública de la Ciudad, donde su atribución principal que se enfoca a los alcances de este Sistema es el de realizar funciones de control, supervisión y regulación del tránsito de personas y vehículos en la vía pública conforme a lo dispuesto en las leyes y reglamentos aplicables.

Sistema Metrobús

MB

Es un sistema de transporte BRT (Bus Rapid Transit) diseñado para mejorar los servicios de transporte de superficie en la Ciudad de México.

Switch

SW

Dispositivo que permite un punto de conexión común de varios dispositivos, como computadoras, a la misma red; generalmente a través de una conexión física por Ethernet.

Terminal de Gestión

TG

Es un terminal inteligente multifuncional que proporciona acceso, almacenamiento y carga de imágenes y videos de cámaras HD de múltiples canales en intersecciones. Tiene múltiples algoritmos inteligentes incorporados. Admite la combinación de

múltiples imágenes, la superposición de caracteres, la recopilación de estadísticas de tráfico, la prueba de velocidad de rango y la liberación de violaciones de tránsito.

Tarjeta SIM

SIM

Es un pequeño chip desmontable que identifica un dispositivo móvil en una red de comunicación. Una SIM almacena de forma segura información específica relacionada con el operador de telefonía móvil.  


3. Plan de Implementación Detallado 

“EL PROVEEDOR” deberá entregar un documento denominado plan de implementación detallado, en el cual se describan las actividades por realizar durante la instalación y puesta en marcha del Sistema de Fotomultas que permita, en los tiempos y alcances establecidos, el inicio de la operación del sistema en las siete (7) líneas de Metrobús. Metrobús y/o quien este designe, el cual podrá realizar comentarios o solicitar cambios al documento.

3.1 Contenido del plan de implementación detallado

  • “EL PROVEEDOR” deberá contemplar todas las actividades (especificando como mínimo las actividades principales y de segundo nivel) desde la adjudicación del contrato hasta la operación normalizada del sistema.
  • “EL PROVEEDOR” deberá incluir el cronograma detallado desde la adjudicación del contrato  hasta la operación normalizada del sistema.
  • El plan de implementación detallado deberá contener como mínimo las siguientes secciones:
    • Instalación: esta sección deberá describir las actividades de instalación a realizar desde la adjudicación del contrato hasta el inicio de la puesta en marcha de los componentes del Sistema de Fotomultas, de los elementos especificados en el “Anexo 3”: Especificaciones técnicas del sistema de fotomultas. Se deberá incluir como mínimo:
      • Actividades previas a la instalación: hace referencia a las actividades y pruebas que sean prerrequisito para realizar la instalación.
      • Actividades de instalación: hace referencia a las actividades correspondientes a la adecuación de las áreas donde “EL PROVEEDOR” instalará los equipos, sistemas y elementos que conforman el Sistema de Fotomultas.
    • Puesta en marcha: esta sección deberá describir las actividades y pruebas necesarias para permitir el inicio de operación y las actividades a realizar durante los primeros periodos de la operación.
  • “EL PROVEEDOR” deberá describir la estructura de personal durante la instalación, puesta en marcha y operación normalizada.
  • “EL PROVEEDOR” deberá incluir un análisis de riesgos del proyecto que cubra desde la adjudicación del contrato hasta la operación normalizada del sistema y la definición de las estrategias de mitigación correspondientes.
  • Metrobús podrá entregar a “EL PROVEEDOR”, durante la ejecución del contrato, los lineamientos que este deberá considerar para programar y realizar la entrega de los equipos a los que se refiere el capítulo 3 “Inventario de equipos para personal de Metrobús y de la SSC” del “Anexo 1”: Inventario de equipos para el Sistema de Fotomultas, conforme a las necesidades que se presenten durante la implementación gradual del Sistema.
  • “EL PROVEEDOR” es libre de ampliar o complementar el contenido del plan de implementación detallado, siempre y cuando contenga lo solicitado en este anexo.

3.2. Apectos generales del plan de implementación detallado 

  • “EL PROVEEDOR” sólo podrá ejecutar el plan de implementación con la respectiva aprobación de Metrobús.
  • El plan de implementación detallado por “EL PROVEEDOR” deberá ser planificado con el objetivo de garantizar en todo momento la continuidad del servicio al usuario del sistema Metrobús. 
  • El siguiente diagrama representa la estructura mínima del plan de implementación detallado:

  • El plan de implementación detallado aprobado por Metrobús deberá ser ejecutado tal y como fue establecido. 
  • Todas las actualizaciones o modificaciones que se realicen al plan de implementación detallado durante la ejecución de este deberán ser presentadas para aprobación por parte de Metrobús.

4. Cronograma

Los obligaciones y parámetros mínimos que deberá cumplir “EL PROVEEDOR” para la generación del cronograma del proyecto incluido en el plan de implementación detallado son:

  1. Deberá contener todas las actividades desde la firma del contrato hasta la operación normalizada de cada una de las líneas del Sistema Metrobús.
  2. Deberá indicar para cada actividad (incluyendo pruebas) la fecha de inicio, duración, responsable, el plazo máximo para su ejecución, las aprobaciones requeridas, los formatos o documentos asociados, entre otros.
  3. Todas las actividades deberán mostrar sus predecesoras, relaciones con otras actividades y restricciones. 
  4. Deberá actualizarse semanalmente indicando el porcentaje de avance o retraso de cada actividad con respecto al cronograma base establecido. El mismo será presentado en las mesas de trabajo convocadas por Metrobús para el seguimiento del proceso de implementación.
  5. Todas las actualizaciones o modificaciones que se realicen al cronograma deberán ser presentadas para aprobación por parte de Metrobús.El siguiente es el cronograma que “EL PROVEEDOR” deberá utilizar como base para la generación del cronograma detallado a incluir en el plan de implementación detallado. Este cronograma es de referencia y puede ser modificado en cualquier momento por Metrobús en común acuerdo con “EL PROVEEDOR”.

5. Instalación 

Las obligaciones y actividades mínimas que deberá cumplir “EL PROVEEDOR” para la generación de la sección de instalación incluida en el plan de implementación detallado son:

5.1. Actividades previas a la instalación 

  1. A partir de la adjudicación del contrato “EL PROVEEDOR” deberá garantizar el cumplimiento de las especificaciones correspondientes al período de instalación y puesta en marcha, en caso de incumplimiento se aplicarán las penas convencionales definidas en este anexo. 
  2. “EL PROVEEDOR” deberá participar en la conformación de la mesa de trabajo convocada por Metrobús. En esta se programará, de común acuerdo, las reuniones periódicas que tendrán como fin realizar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones y el cronograma establecido.
  3. “EL PROVEEDOR” deberá participar en cada una de las mesas de trabajo programadas y/o convocadas de forma extraordinaria por Metrobús y ser representada por el personal clave, es decir, todas las personas responsables de la toma de decisiones y ejecución de las distintas actividades.
  4. “EL PROVEEDOR” deberá presentar a Metrobús, en las mesas de trabajo, el estado de avance del proceso de fabricación e importación de los equipos, sistemas y demás componentes del Sistema de Fotomultas.
  5. Todas las comunicaciones (escritas o correo electrónico) que realice “EL PROVEEDOR” durante la vigencia del contrato deberán ser dirigidas o copiadas a Metrobús.
  6. “EL PROVEEDOR” deberá suministrar la sección del cronograma correspondiente al proceso de instalación de cada línea, donde se identifique la secuencia de instalación, fecha de inicio y duración asociada a cada instalación.
  7. Es responsabilidad de “EL PROVEEDOR” realizar las visitas de inspección de campo de cada una de las estaciones de cada línea, para determinar los posibles trabajos de adecuación que se requieran. Metrobús indicará a “EL PROVEEDOR” el lugar donde serán ubicados los equipos de comunicaciones, herrajes, cajas himel entre otros, de ser necesario.
  8. La infraestructura en estaciones son las que tomará “EL PROVEEDOR”. Es responsabilidad de “EL PROVEEDOR” verificar y realizar los trabajos de adecuación necesarios para permitir la instalación de todos los equipos del Sistema de Fotomultas.
  9. El uso de rack o cajas himel depende de la configuración que suministre “EL PROVEEDOR”, pero, en cualquier caso, los equipos no pueden ser ubicados en el piso y deberán estar protegidos contra desconexiones, caídas o golpes accidentales.

5.2. Pruebas previas a la instalación 

5.2.1. Pruebas de aprobación de requisitos técnicos

  • Con el objetivo de verificar de forma independiente o conjunta el cumplimiento de la totalidad de los requisitos técnicos de los componentes descritos en el “Anexo 3”: Especificaciones técnicas del sistema de fotomultas, “EL PROVEEDOR” deberá realizar una prueba a una unidad de cada equipo descrito en el “Anexo 1”: inventario de equipos para el sistema de fotomultas, y del software listado en el “Anexo 2”: Inventario de software para el sistema de fotomultas. Para la ejecución de las pruebas se deberá contar con un ambiente controlado que simule las condiciones de operación del sistema.
  • Estas pruebas deberán ser acompañadas por personal de Metrobús y/o quien este designe. Por lo tanto, “EL PROVEEDOR” informará la fecha de ejecución con mínimo diez (10) días hábiles de antelación, para realizar la programación del personal requerido.  
  • Para la ejecución de las pruebas de requisitos técnicos, “EL PROVEEDOR” deberá suministrar para aprobación de Metrobús un conjunto de protocolos de pruebas donde describa los procedimientos de ejecución. Cada protocolo deberá contener como mínimo la siguiente información:
    • Título de la prueba
    • Objetivo de la prueba
    • Nombre del equipo/equipos o sistema sometidos a prueba
    • Listado de funcionalidades o requerimientos técnicos que hacen parte de la prueba
    • Descripción detallada del procedimiento a realizar durante la prueba
    • Formato para registro de ejecución y resultados de la prueba el cual deberá contener como mínimo:
      • Lugar donde se realiza la prueba
      • Fecha y hora de inicio y fin de la prueba
      • Equipo/equipos o sistema 
      • Descripción clara de la funcionalidad o requerimiento técnico a probar
      • Tipo de prueba (Prueba práctica/documental)
      • Resultado de la prueba (Cumple/No Cumple)
      • Campo para observaciones
      • Firmas de los participantes
  • “EL PROVEEDOR” deberá presentar un protocolo de pruebas para cada equipo o conjunto de equipos descritos en el “Anexo 1”: inventario de equipos para el sistema de fotomultas, y del software listado en el “Anexo 2”: Inventario de software para el sistema de fotomultas.
  • Si el “Tipo de prueba” es prueba práctica, Metrobús podrá emitir sus dictámenes conforme al funcionamiento obtenido y los cambios o actualizaciones por realizar, así como las mejoras que sean necesarias, sin que esto represente un costo adicional para el Fideicomiso.
  • Una vez finalizadas las pruebas, “EL PROVEEDOR” entregará un informe del resultado de estas. Si existiere un resultado “no cumple” durante la ejecución de las pruebas, “EL PROVEEDOR” informará a Metrobús las acciones que realizará para subsanar y solicitará específicamente la verificación de la funcionalidad o requerimiento técnico en el que se presentó el incumplimiento. En caso de que persista el incumplimiento y este no pueda ser subsanado e impida el inicio de operaciones en tiempo y forma, se aplicará la pena convencional correspondiente.
  • El cumplimiento del 100% de las pruebas es prerrequisito para realizar las pruebas piloto.

5.2.2. Pruebas piloto

  1. “EL PROVEEDOR” deberá ejecutar, para cada tipo de estación, una prueba piloto que incluya la instalación de los equipos, de común acuerdo con Metrobús.
  2. Para la ejecución de la prueba piloto “EL PROVEEDOR” deberá certificar que el sistema central del Sistema de Fotomultas hospedado en la nube, los canales de comunicaciones y todos aquellos componentes descritos en el “Anexo 1”: inventario de equipos para el sistema de fotomultas, y del software listado en el “Anexo 2”: Inventario de software para el sistema de fotomultas, se encuentran plenamente operativos. 
  3. Las pruebas piloto deberán ser acompañadas por personal de Metrobús y/o quien este designe. Por lo tanto, “EL PROVEEDOR” informará a Metrobús la fecha de ejecución con mínimo diez (10) días hábiles de antelación para contar con el personal correspondiente que acompañará las pruebas.
  4. Es responsabilidad de “EL PROVEEDOR” verificar el estado de las instalaciones eléctricas y de datos, y realizar las adecuaciones y arreglos necesarios para la instalación de los equipos del Sistema de Fotomultas, para la prueba piloto en estación, el centro de control y lugar que establezca la SSC.
  5. Para que sea considerada exitosa la prueba piloto, Metrobús confirmará que cada uno de los equipos instalados en estaciones mantienen de forma independiente o conjunta el cumplimiento de los requisitos técnicos descritos en el “Anexo 3”: Especificaciones técnicas  del sistema de fotomultas, los cuales fueron verificados durante la ejecución de las pruebas de aprobación técnica. En caso de que se evidencie una falla o mal funcionamiento de un equipo o conjunto de equipos que “EL PROVEEDOR” no pueda subsanar e impida la ejecución de la prueba piloto y el inicio de la instalación, se aplicará la pena convencional correspondiente.
  6. Con base en los resultados de las pruebas piloto, “EL PROVEEDOR” deberá proponer un proceso que estandarice y la instalación de los equipos, especificando como mínimo secuencia de instalación, tiempos, personal y herramientas. Este documento deberá ser utilizado y validado en campo durante los procesos de instalación y será retroalimentado si fuera necesario.
  7. La ejecución exitosa de la prueba piloto es prerrequisito para ejecutar el proceso de instalación de los equipos en cada una de las líneas del sistema Metrobús.

5.3. Actividades de Instalación 

  1. “EL PROVEEDOR” será el único responsable de la instalación de los equipos descritos en el “Anexo 1”: inventario de equipos para el sistema de fotomultas, y del software listado en el “Anexo 2”: Inventario de software para el sistema de fotomultas, incluyendo el personal necesario para las tareas de instalación, adecuación de áreas en estaciones, el centro de control y el lugar que determine la SSC demás actividades que sean necesarias para garantizar la continuidad de servicio al usuario en los horarios de operación de Metrobús.
  2. “EL PROVEEDOR” deberá presentar en las mesas de trabajo a Metrobús el estado de avance de instalación de forma detallada e informar los problemas detectados y su solución o posibles soluciones.
  3. “EL PROVEEDOR” es responsable de llevar a cabo todas las adecuaciones que se requieran en en estaciones, el centro de control y el lugar que determine la SSC durante la instalación y puesta en marcha de los componentes del Sistema de Fotomultas y asumir los costos correspondientes.
  4. “EL PROVEEDOR” es responsable de asumir los costos de las pruebas productivas del funcionamiento de los equipos.
  5. Todo el cableado estructurado deberá estar documentado y etiquetado bajo la norma ISO/IEC 14763-2 (2019) o la norma EN 50174-1. “EL PROVEEDOR” debe entregar a Metrobús una copia de esta documentación antes del inicio de la operación de la última línea.

5.3.1. Capacitación 

  • “EL PROVEEDOR” deberá elaborar un programa de capacitación teórico-práctico para el personal de Metrobús y SSC, en los aspectos relativos al Sistema de Fotomultas instalado que correspondan en cada caso, según los perfiles de las personas a capacitar y los roles que desempeñan.  “EL PROVEEDOR” deberá preparar un temario para cada una de las sesiones de capacitación propuestas junto con una agenda tentativa para dichas sesiones. Para cada sesión, se deberá identificar como mínimo:
    • Tema de la sesión
    • Tipo de sesión (teórica o práctica)
    • Grupo objetivo de la sesión (se debe considerar la funcionalidad que abordará la sesión, para así convocar al personal indicado)
    • Duración de la sesión
    • Objetivos y alcance de la sesión
    • Herramientas requeridas para la sesión
    • Equipos y/o funcionalidades del Sistema asociados a la sesión
    • Material de capacitación para entrega al personal de Metrobús asociado a la sesión
    • Perfil(es) de los facilitadores de las sesiones 
  • “EL PROVEEDOR” deberá compartir con Metrobús el temario y la agenda del programa de capacitación con al menos 15 días de anterioridad al inicio de las sesiones de capacitación para su aprobación, la cual se deberá ejecutar previamente al inicio de la operación.
  • “EL PROVEEDOR” coordinará con Metrobús y las empresas operadoras la participación del personal en las respectivas sesiones de capacitación que correspondan, de modo tal que no se interfiera con la prestación del servicio de transporte.
  • “EL PROVEEDOR” deberá solicitar a Metrobús el listado del personal que recibirá la capacitación. 
  • La capacitación deberá proporcionar al personal de Metrobús la información y el conocimiento necesario para utilizar los equipos y aplicativos incluyendo, pero sin limitarse a, las diferentes funcionalidades del sistema central del Sistema de Fotomultas:
    • Funcionalidad de Fiscalización de Fotomultas. 
    • Gestión de tráfico. 
    • Monitoreo de equipos. 
    • Funcionalidad de visualización y analítica de datos.
    • Visualización en tiempo real. 
  • Los tiempos asignados para la ejecución de la capacitación deberán ser descritos en los cronogramas del proyecto. 
  • La duración de los programas de capacitación para el personal de Metrobús deberá ser proporcional a la cantidad de sesiones necesarias para garantizar el dominio del uso de los programas y/o herramientas.
  •  “EL PROVEEDOR deberá preparar material de capacitación para entrega al personal de Metrobús, en el cual se ilustre la configuración y uso de los equipos y aplicativos en todos los aspectos relativos al Sistema de Fotomultas instalado. Lo anterior con el objetivo de asegurar una transferencia de conocimiento.
  • “EL PROVEEDOR” deberá identificar los conocimientos previos mínimos que debe poseer el personal de Metrobús para el correcto uso de los equipos y aplicativos suministrados para el Sistema de Fotomultas.
  • "EL PROVEEDOR” deberá estructurar sesiones de capacitación prácticas que incluyan casos de uso aplicados a la operación real del sistema Sistema de Fotomultas. Para esto, “EL PROVEEDOR” deberá solicitar a Metrobús los datos de operación que requiera con el fin de desarrollar los casos de estudio correspondientes.
  • Durante la ejecución del contrato, Metrobús podrá solicitar a “EL PROVEEDOR” que realice el proceso de capacitación a personal adicional, cuando así lo considere según las necesidades de la operación.

6.1. Pruebas de aceptación 

  • Finalizada la instalación de los equipos, con base en los elementos descritos en el “Anexo 1”: inventario de equipos para el sistema de fotomultas, “EL PROVEEDOR” solicitará a Metrobús la realización de las pruebas de aceptación, las cuales tienen como objetivo validar que todos los equipos se encuentren correctamente instalados y funcionales y que encuentre en plenas condiciones operativas.
  • “EL PROVEEDOR” deberá cumplir con los requerimientos mínimos necesarios para solicitar a Metrobús la realización de la prueba de aceptación en una estación, satisfaciendo todas las condiciones descritas en el “Anexo 3”: Especificaciones técnicas del sistema de fotomultas y garantizando que todos los dispositivos se encuentran debidamente energizados, configurados y funcionales.
  • “EL PROVEEDOR” deberá suministrar un protocolo de pruebas de aceptación que deberá comprobar que cada uno de los equipos está correctamente instalado y operativo. Deberá contener el procedimiento a ejecutar y la secuencia en la que se probarán los equipos. El protocolo deberá incluir la emisión del acta de autorización de operación de una estación, conteniendo como mínimo la siguiente información:
    • Título de la prueba
    • Objetivo de la prueba
    • Descripción detallada del procedimiento a realizar durante la prueba
    • Formato de acta de autorización de operación de una estación para registro de ejecución y resultados de la prueba la cual deberá contener como mínimo: 
      • Lugar donde se realiza la prueba 
      • Fecha y hora de inicio y fin de la prueba
      • Equipo/equipos o sistema 
      • Resultado de la prueba (Superada/Fallida)
      • Campo para observaciones
      • Firmas de los participantes
  • Para dar como aceptada la prueba, todos los componentes en la estación deberán estar correctamente instalados y operativos.
  • Para cada estación, “EL PROVEEDOR” deberá presentar el acta de autorización de operación con el fin de que Metrobús la firme, cuando todas las pruebas correspondientes se hayan culminado con éxito.
  • En caso de presentarse fallas o correcciones, de acuerdo con los reportes emitidos por Metrobús, “EL PROVEEDOR” deberá subsanar cada falla y realizar las correcciones que tenga lugar. En ese momento podrá solicitar nuevamente la realización de las pruebas de aceptación.
  • Al final del proceso de instalación de cada estación, “EL PROVEEDOR” deberá entregar a Metrobús los planos as-built, correspondientes al diseño definitivo de dicha área, donde se detalle el estado final de la instalación.
    • Deberá entregarse una copia en formato digital original, una copia en formato PDF y dos copias en formato impreso.
    • Deberá contener el diseño detallado de los ductos y la totalidad del cableado estructurado, fibra óptica y cableado eléctrico del área.
    • Deberá incluir y representar cada uno de los elementos que hacen parte de la estación..
    • Deberá contener en el pie de plano la información donde se indique como mínimo: nombre de la obra (estación, ubicación, nombre de quien realiza el plano, fecha de elaboración, escalas, norte, otros que considere relevantes.
  • Durante la ejecución del contrato, “EL PROVEEDOR” deberá mantener registro de modificaciones en caso de posteriores mejoras, cambios, ampliaciones o remodelaciones de la infraestructura y entregar los planos actualizados a Metrobús.

6.2. Firma de acta de inicio de la operación de la línea

  • Se realizará la firma del acta de inicio de la operación de cada una de las líneas, tal y como se indica en el “Anexo 8”: Actas de inicio de operación y desinstalación, cuando “EL PROVEEDOR” demuestre que:
    • Ha entregado todas las funcionalidades correspondientes al alcance principal descritas en el “Anexo 3”: Especificaciones técnicas del sistema de fotomultas.
    • Ha culminado las pruebas de aceptación de todas y cada una de las estaciones que conforman cada línea, centro de control y lugar asignado por la SSC.

Si se cumplen estos requerimientos, Metrobús procederá a firmar el acta de inicio de la operación correspondiente.

  • Con la firma del acta de inicio de la operación, “EL PROVEEDOR” dará por finalizada la consolidación de la información correspondiente a la línea autorizada en el sistema central de fotomultas.

7. Penas Convencionales 

  • Con el propósito de asegurar el inicio de operación en tiempo y forma del Sistema de Fotomultas en cada una de las líneas del Sistema Metrobús, “EL PROVEEDOR” deberá garantizar la instalación, periodo de pruebas y puesta en marcha del Sistema de Fotomultas en las fechas señaladas en este anexo.
  • Si “EL PROVEEDOR” materializa un incumplimiento durante la instalación, periodo de pruebas, puesta en marcha e inicio de operación, la pena convencional aplicable será la aplicación de la fianza. Para esto, Metrobús notificará a “EL PROVEEDOR” los posibles incumplimientos y se realizarán las gestiones necesarias para poner en consideración de la instancia correspondiente la justificación para la aplicación de la pena convencional. Dichos incumplimientos se listan en el “Anexo 6”: Penalizaciones para el Sistema de Fotomultas.
  • En las reuniones de seguimiento se firmarán las minutas correspondientes y se revisarán los incumplimientos en los que incurra “EL PROVEEDOR” en el periodo. Así mismo, se establecerán las justificaciones correspondientes.
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