AUTOBÚS ELÉCTRICO NUEVO, PARA PRESTAR EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS; CONTROL DELANTERO; MOTOR ELÉCTRICO ALIMENTADO POR BATERÍAS; LONGITUD DE 12.0 METROS; CAPACIDAD DE 90 A 100 PASAJEROS; SUSPENSIÓN NEUMÁTICA CON CONTROL ELECTRÓNICO AUTONIVELABLE EN AMBOS EJES Y CON ARRODILLAMIENTO; DIRECCIÓN ASISTIDA HIDRÁULICAMENTE; FRENOS NEUMÁTICOS DE DISCO EN AMBOS EJES, CON SISTEMA ABS, EBS, ASR y ESP, CON 2 BOLSAS DE AIRE EN EL EJE DELANTERO Y CUATRO BOLSAS DE AIRE EN EJE TRASERO; LLANTAS RADIALES DE APLICACIÓN URBANA Y TODA POSICIÓN; SISTEMA ELÉCTRICO DE 24 VOLTS MULTIPLEXADO; CON SISTEMA DE VENTILACIÓN Y EXTRACCIÓN DE AIRE; CUATRO CÁMARAS DE VIGILANCIA; RADIO DE COMUNICACIÓN Y WIFI; CÁMARA PANORÁMICA DE 360°, CÁMARA DE REVERSA, CON PANTALLA DE 10” MÍNIMO EN TABLERO, ACCESIBILIDAD UNIVERSAL AL 100% PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD; INCLUYE INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CARGA ELÉCTRICA EN GENERAL DE AUTOBUSES.
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Proyecto de contratación
El proyecto de contratación aquí presentado es preliminar. Su contenido no es definitivo ni vinculatorio.
Este proyecto se hace de conocimiento público con el fin de ser discutido de forma abierta y transparente.
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LA FECHA MÁXIMA DE ENTREGA SERÁ EL 20 DE JULIO DE 2024. EL CONTRATANTE DEBERÁ EFECTUAR ENTREGAS PARCIALES DE MANERA ANTICIPADA CONFORME AL PROGRAMA DE ENTREGAS EL CUAL SERÁ INTEGRADO EN SU PROPUESTA TÉCNICA HASTA COMPLETAR EL TOTAL DE LAS UNIDADES OFERTADA DE LA PARTIDA.
LOS AUTOBUSES DE LA PARTIDA ADJUDICADA, SE ENTREGARÁN DE CONFORMIDAD CON LAS CARACTERÍSTICAS, CONDICIONES Y REQUISITOS ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES Y EN SU INSTRUMENTO CONTRACTUAL. SE ENTREGARÁN A LIBRE ABORDO DESTINO (L.A.B.), A FIN DE QUE SEAN RECIBIDOS DE CONFORMIDAD EN EL MÓDULO 7 UBICADO EN CALLE PALESTINA 170, COLONIA DEL RECREO, C.P. 02070, ALCALDÍA AZCAPOTZALCO, CIUDAD DE MÉXICO, EN UN HORARIO DE RECEPCIÓN DE LAS 09:00 A 14:00 HORAS Y DE LAS 15:00 A LAS 17:00 HORAS DE LUNES A JUEVES Y LOS DÍAS VIERNES DE 09:00 A 14:00 HORAS EN DÍAS HÁBILES CONFORME AL PROGRAMA DE ENTREGAS ESTABLECIDO EN EL CONTRATO.
PARA LOS EFECTOS ANTES DESCRITOS SE LEVANTARÁ ACTA ADMINISTRATIVA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE AUTOBUSES NUEVOS FIRMADA POR LOS RESPONSABLES DESIGNADOS POR LA GERENCIA DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS DEL ORGANISMO. CABE SEÑALAR QUE LA GARANTÍA DE LOS BIENES INICIARÁ A PARTIR DE LA PUESTA EN OPERACIÓN.
LOS BIENES DEBERÁN ENCONTRARSE NUEVOS A SU ENTREGA Y SIN USO EN OPERACIÓN COMERCIAL, PREVIA VERIFICACIÓN ESTABLECIDA EN EL CONTRATO POR LA RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (RTP). SITUACIÓN QUE SE DEJARÁ CONSTADA MEDIANTE ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN.
EL TRASLADO DE LOS BIENES ADJUDICADOS CORRERÁ BAJO ESTRICTA RESPONSABILIDAD DEL LICITANTE GANADOR Y DEBERÁN ESTAR ASEGURADOS PARA SU TRASLADO AL MÓDULO INDICADO PARA SU ENTREGA DE MANERA QUE EL LICITANTE CONSIDERE CONVENIENTE PARA GARANTIZAR LA PROTECCIÓN DE LOS MISMOS, ASÍ COMO CUBRIR LOS GASTOS INHERENTES CORRELACIONADOS CON LOS MISMOS.
EL TIPO DE TRANSPORTE A UTILIZAR, ASÍ COMO LA DESCARGA Y PUESTA EN MÓDULO 7 DE LA RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (RTP), SERÁN BAJO LA RESPONSABILIDAD Y COSTO ABSOLUTOS DEL LICITANTE, DE CONFORMIDAD CON LOS INCOTERMS INTERNACIONALES, DERECHOS PAGADOS, LUGAR DE DESTINO (DDP) CONVENIDO POR EL LICITANTE, MISMOS QUE DEBERÁ PREVER EN SU OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA.
LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES EN EL MODULO 7 SE REALIZARÁ A TRAVÉS DEL ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN FIRMADA POR LOS RESPONSABLES DESIGNADOS POR LA GERENCIA DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS DEL ORGANISMO, EN LA CUAL SE HARÁ CONSTAR EL ESTADO FÍSICO EN EL QUE SE RECIBE EL BIEN Y LAS CONDICIONES Y REQUISITOS DE CERTIFICACIÓN ESTABLECIDOS EN LAS PRESENTES BASES Y ANEXO TÉCNICO, CONFORME AL FORMATO ESTABLECIDO POR LA RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (RTP).
MÓDULO OPERATIVO |
DOMICILIO |
7 |
UBICADO EN: CALLE SAN LUCAS NÚMERO 171, COLONIA DEL RECREO, C.P. 02070, ALCALDÍA AZCAPOTZALCO, CIUDAD DE MÉXICO. |
EN CASO DE QUE EL CONTRATANTE REQUIERA QUE LOS BIENES SEAN ENTREGADOS EN UN MÓDULO OPERATIVO DISTINTO A LO DESCRITO ANTERIORMENTE, NOTIFICARÁ AL PROVEEDOR POR ESCRITO CON AL MENOS 10 DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN PARA ESTE ÚLTIMO TOME LAS PREVISIONES NECESARIAS.
CABE SEÑALAR QUE LA GARANTÍA DE LOS BIENES INICIARÁ A PARTIR DE LA PUESTA EN OPERACIÓN.
LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES NO IMPLICA LA LIBERACIÓN A PLENA SATISFACCIÓN POR LA RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (RTP), YA QUE LOS BIENES QUEDAN SUJETOS A LA REVISIÓN Y O VERIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN EL “ANEXO TÉCNICO” DE LA PARTIDA.
EN CASO DE RECHAZO, SE NOTIFICARÁ DE MANERA INMEDIATA AL CONTRATANTE MEDIANTE EL FORMATO DENOMINADO “LISTA DE DETALLES” LAS CAUSAS, MISMAS QUE DEBERÁN SER SOLVENTADAS EN UN PLAZO NO MAYOR A 72 HORAS, EN CASO DE QUE LA FECHA LÍMITE DE ENTREGA SEA MAYOR, INICIARÁ EL PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES POR CADA DÍA DE ATRASO POR UNIDAD NO ENTREGADA.
EL PLAZO MÁXIMO PARA LA RESTITUCIÓN DE LAS UNIDADES NO ACEPTADAS SERÁ DE 10 DÍAS HÁBILES, DE LO CONTRARIO PODRÁ SER CAUSAL DEL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN DEL “CONTRATO”.
Disponible en formato PDF
Sugerencia para toda la sección
Se sugiere eliminar la fecha cierta de entrega (20 de julio) indicada en la sección 11.1, para indicar que el plazo de entrega será de 120 días contados a partir de la entrega, revisión y aceptación por parte de RTP de las condiciones necesarias antes de la producción antes de la producción de los autobuses.
Se sugiere extender la fecha de entrega a 270 días posteriores a la fecha del evento del fallo o 31 de diciembre de 2024.